domingo, 2 de febrero de 2014

Damas de Blanco: guión mediático para la intervención en Cuba

Convierten unos empujones a las Damas de Blanco en la "mayor represi...

¿ El PRD qué ... ?

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A mi México - Eréndira García Márquez

El TEPJF . patrimonio familiar

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Pocos acuden al llamado para legalizar las #Autodefensas en #Michoacán.

Ya salió el peine: @YuririaSierra COBRA por hablar bien de reforma energética


 Renegado legítimo .

Cuando el gobierno federal priísta comenzó, hace algunos meses, su lavado de cerebro campaña para convencer a la población de las "bondades" de rematar el petróleo a los extranjeros, una de las principales defensoras de estamodernización fue Yuriria Sierra, periodista de Grupo Imagen que se caracteriza por sus comentarios ofensivos e ironías baratas contra sus críticos de izquierda.

Tanto en su programa de radio como en su columna de Excelsior, Yuriria Sierra escribió sesudos análisis describiendo los, según ella, enormes beneficios de que México se deje saquear por generosas y altruistas empresas extranjeras que vendrán a hacernos el favor de llevarse lo que nosotros "no podemos sacar". Pero el colmo fue cuando la empleada de Olegario Vázquez Raña se aventó la puntada de querer "explicar" la reforma energética usando como ejemplo ¡limones!, lo que de inmediato le acarreó las burlas de los tuiteros.

Esto fue lo que publicó Yuriria Sierra en su Twitter en aquel entonces:


El ejemplo utilizado por Yuriria Sierra para promover la reforma energética no sólo es desafortunado por cursi y mamila, sino también porque es una promoción PAGADA. Así lo demuestra la información obtenida a través del IFAI por el colectivo Los Gastos Pendejos , quienes descubrieron que la Secretaría de Energía pagó ni más ni menos que TREINTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS a la empresa donde trabaja Yuriria Sierra, para que en todos sus espacios informativos se difundiera la campaña pro reforma energética.

Este es el contrato que la SENER otorgó a Grupo Imagen:



Obsérvese que tal cantidad de recursos públicos fue asignada sin concurso alguno a la empresa de Vázquez ROña, y que el derroche del gobierno priísta es tal, que alegremente tiran casi 40 millones de pesos por una campaña que dura poquito más de un mes (del 27 de diciembre al 31 de enero; 36 días = $ 1 millón 100 mil pesos DIARIOS).

¿Ustedes creen que estando en juego esa cantidad de dinero, los periodistas de Grupo Imagen van a ponerse a criticar la reforma energética? ¡Por supuesto que no!; no hay borracho que coma lumbre. Es claro que el criterio periodístico de Yuriria Sierra, como el de otros cuervos que en esa empresa chambean, está atado a las consideraciones comerciales de su patrón. ¿La ética y el profesionalismo? "¡Por favor!", podría decir la propia Yuriria; "¡si de eso no se traga!"

Acto de intimidación: Irene Muñoz denuncia a Renegado Legítimo


Irene Muñoz Trujillo, quien se desempeña como Directora de Mensaje y Nuevas Tecnologías del Gobierno del Distrito Federal, denunció penalmente al autor de este blog, luego de que aquí se publicara un artículo cuestionando sus antecedentes académicos y sus funciones como servidora pública. Aún más: apenas levantada la denuncia correspondiente, envió a este autor, a través de su cuenta de Twitter, una fotografía del acta, y el mensaje: "Inicié recurso legal para que sean las autoridades judiciales las que resuelvan lo que en derecho proceda", dirigido a @RenegadoL, seudónimo de este tecleador.

Aquí el mensaje enviado por la señora Muñoz Trujillo:

Mensaje intimidatorio

Preocupa que la señora Muñoz, en tanto servidora pública, responda así a lo publicado por Blog RL sobre sus antecedentes y su desempeño en el GDF. Se le cuestionó la aparente inexistencia de su título profesional, cuando en su perfil en Internet ella afirma haber cursado Ciencias de la Comunicación en la UNAM, y estar cursando una maestría en la Universidad de las Américas. No obstante, el Instituto de Acceso a la Información Pública del Distritro Federal informó que en el gobierno capitalino no encontraron evidencia de que se haya titulado alguna vez. Se cuestionó también en este blog el hecho de que siendo servidora pública desde los tiempos de Marcelo Ebrard, durante ese mismo lapso haya trabajado en una empresa de comunicación y servicios de Internet propiedad de su esposo, la cual obtuvo varios contratos publicitarios en la administración capitalina.

De todo lo señalado por Blog RL hay evidencia, información pública que está disponible en Internet para quien quiera consultarla. Por eso resulta inadmisible que simplemente por darla a conocer y señalar lo que a este tecleador le llamó la atención, la señora Muñoz responda de manera intimidatoria "avisando" que existe una denuncia penal, casi como queriendo "dejar claro" algún mensaje.

Pregunta para el Jefe de Gobierno del DF, Miguel Ángel Mancera: ¿es una política de su gobierno responder con denuncias penales a la crítica que en ejercicio de su derecho hacen los ciudadanos? ¿Cuenta Irene Muñoz con el respaldo suyo en esta campaña de acoso e intimidación? Por el bien de las (pocas, cada vez menos) libertades que se disfrutan en la Ciudad de México bajo un gobierno que se dice de izquierda, espero que no sea así. 

En gira por Tabasco AMLO reconoce que aún no esta recuperado del todo

En la Asamblea informativa que encabezó en el municipio de Tenosique, Al hablar de su estado de salud, el dirigente de MORENA dijo que además del “tambache de medicinas”, los médicos le habían recomendado “traer a mecate corto” al corrupto de Peña Nieto. “Todavía no estoy al cien, pero no puedo quedarme tanto tiempo en recuperación, tenemos que insistir con perseverancia hasta lograr la transformación del país".
    El dirigente de MORENA Andres Manuel López Obrador reconoció que todavía no está del todo recuperado, pero aseguró que no puede quedarse tanto tiempo en recuperación pues tiene que insistir en los cambios para la transformación del país, esto lo dijo durante una gira por su estado Tabasco.

    En la Asamblea informativa que encabezó en el municipio de Tenosique, Al hablar de su estado de salud, el dirigente de MORENA dijo que además del “tambache de medicinas”, los médicos le habían recomendado “traer a mecate corto” al corrupto de Peña Nieto. “Todavía no estoy al cien, pero no puedo quedarme tanto tiempo en recuperación, tenemos que insistir con perseverancia hasta lograr la transformación del país".

    Sobre el enfrentamiento que sostiene con su ex partido el PRD,  López Obrador aseguró que quienes subieron a la tribuna del Congreso a defender la reforma fiscal, con sus aumentos de impuestos fue el PRD, por este tipo de acciones dijo se salió.

    El político tabasqueño reiteró que para MORENA no será fácil terminar con el actual régimen y con la actual política económica

    Recordó que ya no pertenece al Partido de la Revolución Democrática (PRD), del que fue fundador en 1988, pues aunque tiene buenos amigos ahí, los dirigentes se fueron del lado de Peña Nieto.

    Explicó que no se debe aceptar a “partidos paleros que aparentemente son opositores, pero sirven de comparsa al régimen”. Se requiere de una organización limpia e independiente como MORENA.

    En otro orden de ideas, aseguró que actualmente en Tabasco tiene muchas limitaciones por falta de presupuesto porque “Granier (ex gobernador de la entidad) saqueó todo lo que pudo”.

    Desde el municipio de Balancán, López Obrador hizo un llamado respetuoso a Arturo Núñez, gobernador de Tabasco, para que se impulsen las actividades productivas y se atiendan las necesidades de los ciudadanos.

    Desde Noviembre, Solalinde denuncia hallazgo “escandaloso” de cuerpos de migrantes sin órganos


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    Solalinde denuncia hallazgo “escandaloso” de cuerpos de migrantes sin órganos
    El pasado miércoles luego de recibir el Premio Juan de Palafox y Mendoza, que otorga el Municipio de Puebla, el padre Alejandro Solalindedefensor de los derechos de migrantes, denunció que fue encontrada en fosas clandestinas  una cantidad “escandalosa” de cuerpos sin órganos, aparentemente de migrantes y afirmó que el hallazgo podría corroborar que “existen organizaciones que usan indocumentados para el tráfico ilegal de órganos ya  que tanto este delito como el tráfico de infantes existen”.
    “Me preocupa porque sí hay tráfico de niños, me preocupa porque hay tráfico de órganos, sí hay, en algún lugar que por ahorita no puedo revelar hay yacimientos de cuerpos sin órganos y esto es grave. Fui informado por autoridades de algún estado, no puedo decir en dónde porque necesitamos ver con las autoridades”.
    Por su parte al ser cuestionado sobre esto el Subsecretario de Normatividad de Medios, Eduardo Sánchez Hernández, simplemente dijo desconocer el tema.
    Solalinde denunció el miércoles que cada vez se encuentran más mujeres y niños entre los viajeros con rumbo a Estados Unidos y calculó que el 40% de la población migrante está integrada por madres con niños pequeños.
    “Quiero que se imaginen a una mamá con su bebé en brazos y otros tres o cuatro caminando; me preocupa porque sí hay tráfico de niños, sí hay tráfico de órganos”.
    Al ser cuestionado sobre si los cuerpos que fueron hallados sin órganos eran de migrantes el padre respondió: “Apuesto lo que quieran a que son migrantes, si fueran de ese estado no creo que sus familias no los reclamaran, sería un escándalo porque son muchos”.
    De acuerdo con el Reporte Global sobre Tráfico de Personas 2012, publicado en diciembre pasado por la Oficina de las Naciones Unidas para el Crimen y las Drogas (UNODC, por sus siglas en inglés), entre 2008 y 2010 se detectaron en México 320 casos de tráfico de personas con fines de esclavitud, específicamente para explotación sexual y para el sometimiento a trabajos forzados, así como dos casos en los que a las víctimas les fueron extirpados órganos que datan del 2010.
    Solalinde informó que los cuerpos encontrados sin órganos “no han sido reclamados, lo que resulta extraño pues la cantidad es alta (…) Es algo muy delicado, que hasta ahora es tabú” y agregó que las organizaciones que trafican órganos humanos “son mafias sofisticadas, que tendrían que operar bajo la complicidad de integrantes” del sistema nacional de salud.
    El pasado 25 de octubre, la relatora especial de Naciones Unidas (ONU) para el tráfico de personas, Joy Ngozi Ezeilo, indicó hoy que este fenómeno crece en el mundo debido, en parte, a que va en aumento la demanda de órganos para trasplantes.
    “La raíz del tráfico de personas para extraerles los órganos es una aguda escasez de órganos para trasplantes en todo el mundo, y un desajuste entre la creciente demanda para órganos de trasplante y los límites estrictos fijados en la oferta disponible”.
    Por otra parte el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (Ifai) ordenó al Instituto Nacional de Migración (INM) buscar y dar a conocer el número de extranjeros fallecidos en territorio mexicano entre 1995 y 2012, desglosado por sexo y nacionalidad, si un particular la solicita.
    En la búsqueda no podrá omitir a la Oficina del Comisionado, a la Unidad de Operación, a las Direcciones Generales de Control y Verificación Migratoria, de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, Jurídica, de Derechos Humanos y Transparencia y delegaciones federales.
    La instrucción se asumió después de que el INM aseguró a un particular que esos datos no obran en sus archivos y lo orientó a presentar su petición ante la PGR, por lo cual el solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Ifai.
    Con información de Zócalo de Saltillo y La Jornada

    La hipocresía de los "mochos"

    Requisitos mexicanos



    Actriz de Televisa detenida en estado de ebriedad y arma un escándalo

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    Mujer valiente dice a Peña "Traidor a la Patria" en su cara

    Una historia sobre Angel Aguirre y Emilio Azcárraga


    Escrito por  el 01 febrero 2014 a las 12:00 pm en Sociedad

    Angel AguirreA finales de febrero de 2008, después de 19 sesiones de consulta, con 43 participantes de todos los sectores involucrados en la televisión y la radio, el Grupo Plural formado en el Senado de la República para aterrizar la “reforma integral” a la ley de medios recibió un fuerte freno.
    El senador priista Angel Aguirre, entonces presidente del Grupo Plural, formado por todas las bancadas de Xicoténcatl, declaró a los medios que “no existen condiciones políticas” para avanzar en esa reforma, mil veces pospuesta.
    La declaración de Aguirre anunciaba que su bancada finalmente se saldría del presunto consenso que existía entre PRI, PRD y PAN para avanzar en esta reforma.
    Días antes, Emilio Azcárraga Jean, presidente de Televisa, se quejó en un evento con inversionistas porque lo quieren “castigar” y arremetió contra “varios presidentes y varios políticos que sí han robado muchísimo dinero”.
    “A mí en 1989 me corrieron de Estados Unidos. Entonces ahí vemos cómo los americanos y su gobierno defienden a las empresas americanas, claramente; también lo hace España”, se quejó El Tigrillo.
    En contraste, en México “lo que vemos es: no, no hay que apoyar a las empresas mexicanas, hay que apoyar a las afuera, en todos los rubros, no sólo la televisión”.
    “A nosotros no nos regalaron nada. Nosotros hemos pasado por varias crisis, varios presidentes y varios políticos que sí se han robado muchísimo dinero. Si tenemos el Canal 9 es porque el 8 no pudo, y si Sky está solo es porque DirecTV no pudo. ¿Y ahora me van a castigar porque se ha competido y porque gano?”, insistió Azcárraga Jean.
    Las quejas del principal accionista de Televisa se enmarcaban en el avance de la iniciativa de ley en el Senado, en la posibilidad de que Telmex ingresara al mercado del triple play, la posibilidad de que Telemundo ingresara aún a competir en el mercado televisivo mexicano y, sobre todo, las dos resoluciones de la Comisión Federal de Competencia para condicionar la compra de las empresas cableras (TVI y Cablemás).
    En su resolución del 14 de diciembre de 2007, el organismo antimonopolio resolvió que antes de aprobar la compra de esas empresas, Televisa debía ofrecer en términos no discriminatorios los contenidos audiovisuales de televisión abierta (must offer) y garantizar el acceso, también en términos no discriminatorios, de otras señales de televisión abierta a las redes de transmisión de televisión restringida de la misma empresa (must carrier).
    Ambos conceptos (must carrier must offer  )estaban incluidos en la iniciativa de reformas a la ley de medios que se discutió durante casi un año en el Senado.
    Televisa presionó a través del PRI y del Partido Verde, especialmente, para que esa ley se frenara.
    Y Angel Aguirre, entonces firme legislador del tricolor que hacía méritos para alcanzar la candidatura en Guerrero, se ofreció como el freno político.
    Ante las quejas de Azcárraga Jean, Angel Aguirre afirmó en rueda de prensa que la reforma a la ley de medios “no tiene dedicatoria” y que “nadie debe inquietarse, nadie debe ponerse nervioso”.
    Días después, Aguirre dio por cancelada la posibilidad de que la iniciativa se discutiera en el pleno del Senado. “No hay condiciones políticas”, afirmó. No quiso abundar más sobre el tema.
    Ahora, Aguirre es el gobernador en Guerrero por las siglas de una alianza entre el PRD, PAN, PT y Convergencia.
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    Azcárraga y Peña Nieto, alistan la nueva Ley Televisa (Primera Parte)


    Escrito por  el 02 febrero 2014 a las 9:55 am en DestacadasMediosSociedad

    Primera parte del texto del reportaje publicado en la edición No. 1944 de Proceso
    EPN y Azcarraga
    En los terrenos privados de Emilio Azcárraga Jean y Bernardo Gómez en el centro vacacional del municipio mexiquense de Valle de Bravo, en el rumbo de la ex hacienda Casas Viejas, el 2 de enero de 2014 un invitado muy especial inauguró el campo de golf de los principales directivos de Televisa.
    Se trató del primer mandatario Enrique Peña Nieto, cuyo gusto por el golf está ampliamente documentado. No sólo fue a inaugurar los 18 hoyos del campo. También renovó el compromiso y las relaciones con la principal empresa de comunicaciones en México, la misma que lo llevó en un convenio millonario de spots y cobertura televisiva especial hasta la presidencia de la República.
    Las relaciones entre el presidente de la República y Televisa se enfriaron a raíz de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones, aprobada el año pasado, y la tardanza en los convenios de publicidad.
    Desde el inicio de este año, la cobertura informativa a favor de la presidencia de la República, incluso en los casos más críticos como el conflicto en Michoacán, han privilegiado la versión oficial en los principales espacios noticiosos de Televisa.
    En ese encuentro privado en Valle de Bravo, comentan quienes se enteraron, no sólo se renovó el buen trato sino se cabildearon asuntos esenciales de la legislación secundaria en materia de telecomunicaciones, cuya iniciativa oficial se conocerá en los primeros días de febrero.
    En especial, cuatro temas han generado el disgusto de Televisa: el proceso de investigación iniciado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para declarar al grupo como “agente económico preponderante” y la posibilidad de que tenga que desagregar activos y eliminar propiedad cruzada en varias empresas, especialmente de televisión restringida; el proyecto de licitación de las 2 cadenas de televisión digital abierta, anunciado formalmente por el mismo instituto el 20 de diciembre de 2013 a través del Diario Oficial de la Federación; el avance del llamado “apagón analógico” dentro del programa de Televisión Digital Terrestre; y la instalación, antes de que concluya el año 2014, de una “red compartido de servicios de telecomunicaciones” en la banda 700 Mhz, que la empresa de Azcárraga Jean ve una amenaza para su proyecto de triple play.
    Estos temas, entre otros, fueron los tratados como reclamos de Televisa para que en las leyes secundarias de la reforma de telecomunicaciones sus intereses no sean afectados. En especial, argumentaron que la declaratoria de la compañía como “agente económico preponderante” puede desincentivar las inversiones que estaban programadas.
    Desde la fusión de Televisa y Iusacell, aprobada en junio de 2012, a un mes de la elección presidencial, el grupo de Azcárraga Jean se ha negado a la investigación y a entregar informes sobre presuntas prácticas monopólicas y de concentración.
    Televisa presentó ante la Suprema Corte de Justicia un amparo en contra de la investigación que realizaba la Comisión Federal de Competencia en materia de dominancia. El 3 de octubre de 2013 la Segunda Sala de la Corte le negó el amparo a la compañía y determinó que era constitucional que el organismo antimonopolio solicitara informes “que estime relevantes y pertinentes para realizar sobre monopolios, prácticas de monopolio o concentraciones”.
    Un mes después, el 22 de noviembre de 2013, Televisa se amparó en contra de la investigación contra la indagatoria del Instituto Federal de Telecomunicaciones. Este órgano regulador, surgido de la reforma constitucional, deberá determinar, a más tardar el 9 de marzo de este año, la preponderancia de los dos principales agentes dominantes en la industria: Televisa y Telmex-América Móvil.
    Las presiones de Televisa para posponer este procedimiento prosperaron. El martes 28 de enero, durante su participación en la reunión plenaria de los diputados federales del PRI, el secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza, les comentó a sus correligionarios que, “en mi opinión, sería conveniente encontrar un mecanismo, desde luego, legislativo para que el IFT no se vea presionado por esa fecha límite (9 de marzo), fijada ya en la Constitución y realice procedimientos sin que exista una ley orgánica de la reforma constitucional”.
    Ruiz Esparza, quien ya no es regulador en materia de televisión y radio, insistió en este tema con argumentos muy similares a los expresados por Televisa: “la preponderancia es un tema sumamente sensible que al abordarse deberá cuidar que no desincentive las inversiones de prestadores de servicios ante el riesgo de ser declarados preponderantes”.
    Las críticas le llovieron a Ruiz Esparza por parte de especialistas, ex funcionarios del sector y algunos legisladores de la oposición, como la diputada del PRD, Purificación Carpinteyro.
    El ex subsecretario de Comunicaciones durante el sexenio foxista, Jorge Alvarez Hoth, escribió en su colaboración en el periódico Reforma, el 29 de enero:
    El plazo que la Constitución le dio al Congreso para la publicación de la legislación convergente, coloquialmente conocidas como ‘leyes secundarias’, venció el pasado 9 de diciembre ante la candidez de algunos senadores que simplemente expresaron que no lo cumplirían y con ello abonarían –se dice que intencionalmente- a dificultarle al IFT la ejecución de su compromiso del próximo 9 de marzo, con respecto a uno de los posibles señalados como agentes económicos preponderantes…
    Pensar que retrasando la publicación de las secundarias se logra alterar el espíritu de la reforma constitucional es un error, baste con revisar lo que señalan los transitorios mencionados (el Tercero, el Cuarto y el Octavo Transitorios) y, en particular, la fracción I del Tercero (‘establecer tipos penales especiales que castiguen severamente prácticas monopólicas y fenómenos de concentración’).
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    Localizan cientos de credenciales de elector tiradas a orillas de carretera Mandinga


    ¿Quién usó estas credenciales y para qué?
    ¿Quién usó estas credenciales y para qué?
    Mandinga, Ver. Cientos de credenciales de elector, fueron localizadas por un ciudadano a la orilla de la carretera que lleva al municipio de Alvarado en el tramo de Mandinga Matosa.
    El lector que pide se evite su nombre, envía una fotografía que evidencia las muchas credenciales de elector que fueron localizadas por él, justo cuando pasó a comprar algunos víveres en el Superama que se encuentra a un lado de esta misma vía de comunicación.
    El denunciante dice que solo tomó algunas credenciales puesto que no llevada su cámara, pero eran cientos, tomó solo algunas para poder tomar la imagen posteriormente.
    Revela que todas las credenciales son de gente que esta empadronada en el municipio de Boca del Río y la mayoría tiene vigencia.
    Se espera que las autoridades del Instituto Federal Electoral (IFE), investigue el caso pues se teme que estas credenciales fueron empleadas en el pasado proceso electoral y pudieron ser utilizadas en el delito de “turismo electoral”.

    Rechazo a la intervención ilegal del TEPJF en Morena

    La ley, la ética y la justicia Sobre la intervención del TEPJF en la vida interna de morena Comisión Nacional de Honestidad y Justicia

    24 de enero de 2014 a la(s) 21:02


    Hacemos un llamado a todos los protagonistas del cambio verdadero para darle máxima difusión al siguiente documento:



    Un componente fundamental en la construcción de morena es la conformación de mecanismos y órganos internos que permitan salvaguardar los derechos individuales y colectivos de sus integrantes, así como velar por el respeto a los principios y las normas estatutarias que nos hemos dado.
                Creemos que para lograr el propósito de transformar profundamente del país es indispensable que la vida orgánica de morena, sus relaciones internas y su práctica social, sean congruentes con nuestros principios y ejemplo de un quehacer fundado en la ética política.
                Con esa finalidad, nuestro Congreso Nacional acordó, entre otras cosas, la constitución de una Comisión Nacional de Honestidad y Justicia, así como de Comisiones en cada una de las entidades federativas. A partir de su integración, las Comisiones de Honestidad y Justicia de morena, hemos atendido un gran número de asuntos planteados por compañeros y compañeras en lo individual o por nuestros órganos ejecutivos y de conducción, algunos de carácter consultivo y otros relativos a conductas que constituyen violaciones a nuestros principios y normas estatutarias, de diversa índole y gravedad. Y aunque nuestro Estatuto establece que las resoluciones de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia son concluyentes, hay quienes han tomado la decisión de acudir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para impugnarlas y litigar contra las instancias jurisdiccionales de morena.
                Si bien acudir al TEPJF es un derecho ciudadano, en el caso de los miembros de morena esta es una acción que contradice la experiencia histórica de lucha de nuestro movimiento, y fractura las bases en las que se sustenta la confianza en el cumplimiento de los compromisos que todos asumimos al momento de integrarnos a morena, y en la actuación responsable en la realización de las tareas encomendadas. Al acudir al mencionado Tribunal se facilita que una instancia estatal, que actúa de manera discrecional,  intervenga en los asuntos propios de morena con una visión de la justicia sustancialmente distinta a la que asumimos como organización. Sobre todo tomando en cuenta la experiencia acumulada en los últimos lustros respecto a la forma regularmente parcial, sesgada y favorable a intereses políticos del presente régimen que ha caracterizado la actuación del TEPJF. Esto daña nuestra vida interna y vulnera la credibilidad de nuestro proyecto.
                En tal sentido, resulta grave, no sólo para morena sino para la vida pública del país, la manera en que el TEPJF se ha conducido frente a los casos que recientemente le han presentado algunos integrantes de morena, pues una vez más ilustran cuán lejos está de cumplir con su responsabilidad como institución formalmente encargada de impartir justicia en materia político-electoral.

    Incongruencia y violaciones del Tribunal
    Basamos nuestra afirmación, en primer término, en que el TEPJF se ha excedido en sus atribuciones al intervenir en un ámbito que no es de su competencia. Violentando lo dispuesto en la Constitución y en las leyes, la mayoría de los magistrados del Tribunal tomó la decisión de intervenir en asuntos internos de morena, siendo que hasta ahora nuestra organización es una Asociación Civil. Por tanto, morena sujeta el funcionamiento y las relaciones entre sus órganos y sus miembros a las normas contenidas en su Estatuto y a las leyes que regulan a las asociaciones civiles. Esto es, morena aún está inscrita en el ámbito normativo del derecho civil, y no en el propio del derecho político-electoral.
                Desde que fue admitido por el TEPJF el primer caso, morena señaló las razones jurídicas por las cuales el Tribunal no es competente para intervenir y mucho menos para resolver sobre la interposición de un juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, para impugnar una resolución interna de nuestra organización. De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y las leyes, es claro que el TEPJF no tiene atribuciones para resolver sobre controversias que se presentan al interior de una asociación civil. Así, es absolutamente infundada la procedencia de un juicio de esa naturaleza, pues jurídicamente resulta imposible que la impugnación de una decisión interna de una asociación civil cumpla con los requisitos que señala la Ley para que este tipo de juicios sea procedente.
                Cabe advertir que, desde el primer caso, morena ha expresado ante el Tribunal este punto de vista, fundado en la norma vigente, presentando la argumentación jurídica. Si bien en un primer momento el Tribunal aceptó los razonamientos de morena y procedió a desechar, por ser legalmente infundado, el recurso de un grupo para impugnar procedimientos internos de nuestros órganos de decisión, precisamente por tratarse de asuntos de una asociación civil (Sentencia SUP-JDC-871/2013 Y ACUMULADOS), en lo adelante el Tribunal ha venido aplicando un criterio contrario e interfiriendo indebidamente en los asuntos internos de nuestra organización.
                Esta actuación errática y violatoria de la ley, que hace presuponer propósitos políticos, se ha evidenciado en dos casos en los que el Tribunal ha decidido admitir los juicios presentados contra sendas resoluciones de la CNHJ. Esta Comisión presentó en su momento, “ad cautelam”, toda la argumentación jurídica que demuestra la incompetencia del Tribunal respecto de los dos casos y la improcedencia de los recursos de impugnación (ver por ejemplo: http://media.wix.com/ugd/3ac281_50abd3921d2545d2b2f4a16863c2dc06.pdf).
                El sólido fundamento de la posición de esta CNHJ, coincidente con la primera sentencia del Tribunal que avaló la posición de morena, se advierte no sólo en los argumentos esgrimidos, sino además en el hecho de que miembros del propio TEPJF se han pronunciado a su favor, con sus “votos particulares”, como es el caso de la sentencia SUP-JDC-981/2013 y ACUMULADO.
    En efecto, la posición de morena, y en particular de esta CNHJ, fue avalada en dicha sentencia por el mismo presidente del Tribunal y un magistrado de su Sala Superior. En sus respectivos votos particulares expusieron argumentos respecto a la sentencia dictada por la mayoría de los magistrados, como los siguientes:
    Magistrado Flavio Galván Rivera:

    […] Contrario a lo que sostiene la mayoría de los Magistrados integrantes de esta Sala Superior, en opinión del suscrito, los juicios resueltos son notoriamente improcedentes, porque los actos reclamados no son, formal ni materialmente, de naturaleza electoral o político-electoral, no corresponden al Derecho Electoral, razón por la cual no están regidos por la normativa electoral o político-electoral contenida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, en la parte conducente de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en la Jurisprudencia de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación o en la normativa reglamentaria expedida por el Instituto Federal Electoral. 
    Mi aserto se exterioriza sin desconocer, por supuesto, las causas y los fines, así como el objeto social de la Asociación Civil denominada “Movimiento Regeneración Nacional”, constituida conforme a lo previsto en el Código Civil, lo cual significa que los actos, hechos y procedimientos jurídicos, relativos a la integración de sus órganos constitutivos, así como los de elección para la integración original o la renovación de los integrantes de esos órganos constitutivos de la asociación civil, al igual que toda actuación relativa al régimen disciplinario interno de la persona moral en cita, son formal y materialmente, hasta este momento, de naturaleza civil y no de naturaleza electoral o político-electoral.
    Las consideraciones precedentes son sin mengua de que en otros juicios o recursos, de naturaleza electoral, en atención a la esencia y características de los actos, hechos o procedimientos jurídicos, atribuidos a una asociación civil, esta Sala Superior resulte competente y que, en consecuencia, deba conocer de la controversia planteada; esto es así porque, desde mi perspectiva, es la naturaleza jurídica, formal y/o material del acto, hecho o procedimiento jurídico, motivo de la controversia y no únicamente la naturaleza jurídica del sujeto de Derecho, con o sin personalidad jurídica, la que determina la competencia por materia de este Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
    [...]
    Sin embargo si, como en el particular acontece, la materia de la litis es relativa a una sanción impuesta a los asociados, afiliados o militantes de la asociación civil ya mencionada, que evidentemente están fuera del contexto del procedimiento formal de constitución de un partido político nacional, sin actualizar algún otro supuesto jurídico previsto en la normativa electoral, es conforme a Derecho sostener que tal actuación no es de naturaleza electoral, formal ni material; no corresponde al Derecho Electoral razón por la cual el posible derecho conculcado no es tutelable por este Tribunal Electoral y tampoco lo es por alguno de los medios de impugnación establecidos en el artículo 99 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en su reglamentaria Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
    [...]
    En este orden de ideas, en opinión del suscrito, los juicios incoados, al rubro identificados, resultan notoriamente improcedentes, conforme a lo previsto en el artículo 9, párrafo 3, del Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, razón por la cual las demandas debieron ser desechadas de plano o bien se debe decretar el sobreseimiento en cada uno de los juicios incoados, porque la demanda respectiva ha sido admitida. 
    Magistrado Alejandro Luna Ramos (Presidente):
    [...] Desde mi perspectiva, este órgano jurisdiccional no puede adentrarse a la resolución del presente asunto, pues no existe alguna afectación a un derecho político electoral, al actualizarse la causal de improcedencia prevista en el artículo 10, párrafo 1, inciso b), de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, consistente en la falta de interés jurídico de los accionantes para promover los juicios que se resuelven, por lo que procede sobreseer en los mismos, en términos de lo que establece el artículo 11, párrafo 1, inciso c), de la citada legislación. 
    [....]
    Al respecto, cabe señalar que si bien esta Sala Superior, de forma ordinaria, carece de competencia para conocer de aquellos actos relacionados con la organización interna de una asociación civil, lo cual conllevaría una posible conculcación de los derechos tutelados por dicha materia, lo cierto es que, desde mi perspectiva, sólo en el caso de que se trate de actos relacionados de manera directa con el procedimiento tendente a la obtención del registro de dicho ente social, para constituirse como partido político, este órgano jurisdiccional podrá asumir la competencia necesaria para la resolución del conflicto.
    [...]
    En esa lógica, únicamente los actos vinculados directamente con el procedimiento de solicitud de registro como partido político serán los que puedan generar alguna conculcación de derechos políticos de los miembros de la asociación Movimiento Regeneración Nacional, por lo que si en la especie los accionantes controvierten la resolución de siete de junio del presente año, dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Movimiento Regeneración Nacional, mediante la cual fueron sancionados los actores, por tanto, estimo que ello en modo alguno puede generarles un perjuicio en su esfera de derechos políticos y, por tanto, no se actualiza el interés jurídico de los promoventes.

    Parcialidad y fallas de la sentencia del Tribunal

    Ahora bien, en segundo término, con base en el criterio determinado por la mayoría de los magistrados, que viola flagrantemente la Constitución y las leyes, el Tribunal ha emitido sentencias en las que, además, ha mostrado una actuación irresponsable, parcial y de muy poco profesionalismo, como puede observarse en la sentencia del expediente SUP-JDC-1155/2013 y ACUMULADO, de fecha 18 de diciembre de 2013, relativa a la impugnación de la resolución del expediente CNHJ/006/2013.
    En esta sentencia, el Tribunal señala, entre otras cosas:

    a) Que la CNHJ definió su convicción, para adoptar su resolución, basándose en una sola prueba (un audio), que califica como "mera prueba técnica", que no utilizó otros indicios y que no la vinculó con otras pruebas.
    Esta afirmación del Tribunal no corresponde a la verdad, ya que como se expuso ampliamente en el estudio de la resolución referida, la CNHJ consideró, además de esa prueba técnica, los propios alegatos de los denunciados, pruebas confesionales y pruebas documentales que corroboraron la comisión de faltas graves a los principios y al Estatuto de morena.
    La afirmación del Tribunal resulta poco seria, por decir lo menos, pues, por un lado, los propios apelantes cuestionan la valoración que se hizo de cada una de las diversas pruebas consideradas por esta Comisión (las mencionadas anteriormente) y, por otro, el mismo Tribunal analiza, en su estudio, la valoración que la CNHJ hizo de las otras pruebas.

    b) Que la prueba técnica (el audio) que utilizó la CNHJ no tiene el suficiente valor porque no le fueron realizados los peritajes correspondientes y que, además, los apelantes no reconocen su contenido.
    Esta valoración hecha por el TEPJF, es verdaderamente sorprendente y denota el poco profesionalismo con que fue elaborado su fallo, pues en su primera sentencia sobre el mismo caso consideró infundado el alegato de los apelantes respecto a que el referido audio no debía ser valorado como prueba por carecer de la pericial técnica, aplicando el criterio del Tribunal de que los entonces denunciados, habían aceptado tácitamente la validez de la prueba al alegar sobre su contenido y al no haber solicitado, en el momento procesal oportuno, la realización de tal peritaje.
    Más aún, el Tribunal parece no haber dado lectura completa a la resolución de la CNHJ ni a los alegatos de los apelantes, ya que en su primer escrito de alegatos, uno de los entonces denunciados, ofreció como prueba en su defensa el mismo audio, considerando que ésta prueba ofrecida por los denunciantes "se perfecciona como prueba legal y debe ser admitida". Esto es, una evidencia reconocida y considerada por los propios acusados como prueba legal, insólitamente el Tribunal la conceptúa como carente de valor legal y probatorio. Y al parecer el Tribunal tampoco se percató de que, en su alegato, los apelantes señalaron que había una palabra mal interpretada en la transcripción que la CNHJ hizo del mencionado audio, con lo que, al disputar sobre la corrección de dicha transcripción, reconocían el contenido restante de la prueba. De nuevo, el Tribunal asume un inverosímil criterio en favor de los acusados que contradice lo admitido por éstos.
    c) Que en relación con las respuestas de quienes desahogaron las confesionales ofrecidas como pruebas por los ahora apelantes, el Tribunal señala que hubo quienes no indicaron, por ejemplo, dónde, cuándo y cómo sucedieron los hechos que confirmaron con sus respuestas; que otros denunciantes respondieron que sus decisiones las tomaron libremente y que, por lo tanto, no se confirma que los entonces denunciados los hubieran presionado; y, en fin, que algunos otros no indican a quién debieran atribuirse las acciones que les constan.
    No deja de sorprender que el Tribunal realice un análisis de las pruebas consideradas en una resolución controvertida, de manera tan dolosa, sesgada y parcial, pues es elemental, en el análisis de este tipo de pruebas, que debe considerarse el conjunto de las respuestas para identificar si existen contradicciones entre las mismas, si éstas se complementan, si su vinculación con las respuestas de otros absolventes contribuyen o no a conocer la verdad, etcétera. Nada de esto hizo el Tribunal. Por el contrario, cuando señala que no se indicó en una respuesta el cómo, cuándo y dónde, no toma en cuenta que, en la pregunta a la que corresponde esa respuesta, no se pide al absolvente que responda sobre esas cuestiones, pero bastaría con tomar en cuenta las respuestas a otras preguntas para advertir que, en su conjunto e interrelación, en ellas se encuentra respondido el cómo, cuándo y dónde.
    Pero más aberrante resulta que un Tribunal Electoral razone que, como algunos de quienes denuncian actos que impidieron la realización de una elección en forma democrática, respondieron que en lo individual su voto lo emitieron libremente, entonces “se desvirtúa” tal acusación. Es obvio que, si en las demás respuestas que dieron estos mismos absolventes, señalaron que no estaban de acuerdo con emitir su voto como se les había indicado previo a la elección, resulta de las más elemental lógica concluir que, por lo tanto, emitieron su voto libremente, no sujetándose a indicaciones o presiones de ningún tipo. Este digno ejercicio del derecho al voto, ejecutado por los denunciantes, no invalida la existencia de las presiones y otros actos violatorios de los principios y Estatuto demorena.
    Y lo mismo sucedió en otros aspectos relevantes que abordaron los absolventes en sus respuestas, como el que señala el Tribunal en el sentido de que, en una de sus respuestas, quien respondió no indicó a quién se atribuían las acciones indebidas, a pesar de que en otras de sus respuestas se indica con toda claridad.
    d) Que las respuestas de las confesionales “no son idóneas ni eficaces” para demostrar que se cometieron realmente las faltas señaladas, “máxime que”, dice el Tribunal, la prueba técnica que utilizó la CNHJ “fue desestimada previamente”.
    Es evidente que, con estas afirmaciones, el Tribunal contradice lo que en un primer momento señaló, en el sentido de que la CNHJ sólo había tomado en cuenta el mencionado audio, una “mera prueba técnica”, para adoptar su resolución. Además, evidencia la forma en que, sin el menor recato, e incluso contraviniendo los propios criterios establecidos en su primera sentencia, hace un análisis contrario a las reglas de la lógica, de la sana crítica, de la experiencia y de los principios generales de derecho, para desestimar pruebas y ajustar su “razonamiento” a modo, para concluir en su sentencia final que la resolución emitida por la CNHJ era incorrecta. Para esta Comisión es claro que, siguiendo el propio criterio del Tribunal, las confesionales resultaron idóneas y eficaces precisamente al considerarlas en el conjunto de las pruebas y al “adminicularlas”—como reiteradamente indica el Tribunal en sus escritos— entre sí.
    e) Que, de acuerdo con las conclusiones del Tribunal, como los acusados-apelantes negaron el contenido de la prueba técnica, las confesionales no resultaron “idóneas” y no existieron otras pruebas, “resultaron sustancialmente fundados los agravios planteados por los actores de los juicios al rubro indicado”. 
    Es decir, que por alguna extraña razón que no se indica en su sentencia, el Tribunal no observó que los propios apelantes cuestionaron la valoración de otras pruebas que tomó en cuenta la CNHJ, como lo alegado por los mismos apelantes sobre las documentales que permitieron corroborar que se alteró el resultado de una votación;o como lo dicho en sus alegatos de respuesta, en los que reconocen la realización de los eventos señalados por los denunciantes, y en los que, según éstos, los acusados plantearon llevar a cabo acciones contrarias a los principios y normas estatutarias de morena. Tampoco el Tribunal tuvo la capacidad de encontrar, para acercarse al conocimiento de la verdad, que en los escritos de los apelantes, ellos mismos reconocen la existencia del audio y su validez como prueba; que además reconocen, implícitamente, que la transcripción del mismo es correcta, excepto en lo que corresponde a una palabra.
    En resumidas cuentas, en opinión de esta CNHJ, el Tribunal no realizó un análisis integral y orgánico de la resolución emitida por la Comisión y, por consiguiente, sólo alcanzó a emitir una sentencia tan deplorable y penosa que cabe la duda de si ésta fue examinada siquiera en todo su contenido por los propios magistrados y, por tanto, si tuvieron cabal conocimiento del proyecto de sentencia que avalaron con su voto.
    Con esta reprobable actuación del TEPJF, en la que asume atribuciones que violentan la normatividad, y al emitir su sentencia hace gala de criterios totalmente contrarios a las reglas de la lógica, la sana crítica y los principios generales del derecho, pareciera que lo que en realidad se persigue es obstruir el desarrollo de morenay la construcción de un movimiento que cuestiona firmemente su desempeño y la de otras instituciones que, al renunciar al cumplimiento de su responsabilidad, han contribuido a generar la grave situación en la que se encuentra el país.

    Dos visiones de la justicia
    A todas luces, lo narrado en las páginas anteriores, configura la contradicción entre dos visiones de la justicia. De una parte, en morena la justicia se vincula indisolublemente con un conjunto de valores y principios que configuran su fundamento ético-político. Toda práctica política debe adecuarse a esa concepción ética. Y la tarea de sus órganos jurisdiccionales, como lo indica su Estatuto, consiste en asegurar que las acciones y conductas de sus miembros se ajuste a las normas morales definidas en sus documentos básicos.
    Garantizando el debido proceso que su propia normativa establece, el cometido de las comisiones de morena es fundar su convicción sobre la verdad de los hechos acontecidos. El énfasis está puesto en la búsqueda de este conocimiento, sin caer en el vórtice de los formalismos y las maniobras procedimentales que terminan ahogando los propios fines de la justicia. El norte de ésta son los valores asumidos. Es por ello que en morena es causa de desazón que la impunidad pueda entrar por la puerta falsa de los embrollos procedimentales y las argucias formales avaladas por tribunales que no ponen en primer plano la sustancia de la ley.
    Como ya se ha advertido, este es el enfoque que adversa al anterior. La visión que parece predominar en los órganos de justicia dominantes es que la ley es la sustancia de la justicia. En morena priva la idea de que la justicia es la sustancia de la ley.

    Aceptar la aplicación del criterio determinado por parte de la mayoría de los magistrados del TEPJF para sustentar su ilegal intervención en los asuntos internos de morena, supondría consentir una violación más a la Constitución y a las leyes por parte de ese órgano y contribuir a que se coloque a las asociaciones civiles o políticas en estado de indefensión frente a la arbitrariedad y a la violación de derechos individuales y colectivos reconocidos en nuestra Constitución.
     Es por ello que en adición a esta denuncia pública, estudiamos la posibilidad de llevar a cabo otras acciones de orden jurídico para defender nuestros derechos y los de otros ciudadanos que eventualmente pudieran encontrarse en una situación semejante.



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    Héctor Díaz-Polanco
    David Cervantes Peredo
    Adrián Arroyo Legaspi
    Martha Pérez Bejarano

    China responde a EE.UU. su felicitación de Año Nuevo: ¡Devuélvenos el dinero!


    "¡Devuélvenos el dinero, rápido!". Así reaccionaron los internautas chinos con el embajador de EE.UU. en su país cuando él les felicitó la llegada del Año Nuevo Lunar.
    Gary Locke, el embajador estadounidense en China, envió el mensaje desde su cuenta en la red social china Weibo, que se parece a Twitter y donde Locke tiene unos 700.000 seguidores.

    En respuesta los internautas recordaron a Locke que China es el mayor acreedor de EE.UU., que tiene 1,317 billones de dólares de la deuda del Tesoro. En otoño del año pasado, durante la crisis del presupuesto y el cese parcial del Gobierno, hubo preocupación sobre la influencia que podría tener el impago estadounidense en China. En noviembre el Banco Central de China dijo que no tenía planes de aumentar sus reservas en moneda extranjera y va a limitar la compra de dólares.

    "Si EE.UU. no devuelve el dinero, será como usar el dinero para criar un perro que muerde", escribió un comentarista, haciendo alusión a la rivalidad entre los dos países. "Gracias, pero que nos devuelvan el dinero, rápido", simplemente comentaron otros.

    Locke deja pronto su puesto como embajador. En noviembre el diplomático, que ejerce el cargo desde el año 2011 y es el primer embajador estadounidense en China que tiene raíces en este país, anunció que tiene la intención de regresar a EE.UU. a principios de 2014. Los internautas respondieron diciendo que quizás le asustaba el 'smog'. Cuando Locke llegó al país en 2011 se hizo famoso al ser objeto de bromas porque a la gente le sorprendió su comportamiento humilde: apareció en el aeropuerto llevando sus propias maletas e intentó usar un cupón para comprar café.



    Texto completo en: http://actualidad.rt.com/actualidad/view/118779-china-eeuu-ano-nuevo-felicitar-dinero