La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos llega al 94 aniversario de su promulgación con más de 500 reformas. Aun cuando no han implicado transformaciones sustanciales, han socavado el espíritu original del texto, señalan especialistas. Además, a casi 100 años de su promulgación, la ley suprema del Estado mexicano es vulnerada por leyes y actos de la autoridad que contravienen los principios constitucionales
A 94 años de su promulgación, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha sido reformada en 502 ocasiones, lo que ha “afectado seriamente” su espíritu original, comenta el jurista Raúl Carrancá y Rivas.
“En términos generales, lo que se planteó en 1917 sigue siendo una aspiración del país, y en gran parte no se ha realizado”, expresa el maestro emérito de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), quien considera necesario rescatar los postulados de justicia social tal y como fueron planteados por el Congreso Constituyente de 1917.
Carrancá y Rivas señala que aun cuando el país se ha transformado, desde el punto de vista constitucional, el texto original no ha perdido vigencia, por lo que no ve las múltiples reformas como un síntoma de que la Constitución tenga que ser modificada.
“Primero, que se obedezca, que tenga la oportunidad de ser algo real y vigente”, expresa.
Para Francisco Venegas Trejo, doctor en derecho y ciencia política por la UNAM, la gran cantidad de reformas es señal del dinamismo de la Constitución, “para que sirva como herramienta para el presente y el mañana”.
Venegas Trejo defiende que la Constitución sea constantemente modificada, pues, al ser “el proyecto de vida nacional”, tiene que ser actual para las nuevas generaciones. “Si la Constitución no se modificara, estaríamos obligados a vivir conforme a criterios de hace 100 años”, sostiene.
En opinión del exdirector del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Diego Valadés Ríos, aunque la mayoría de las reformas han sido “adecuadas, recomendables y oportunas”, no han tocado todavía la parte esencial que corresponde a la política y que implicaría una nueva estructura del régimen de gobierno.
El también exprocurador general de la República señala que, en ese tema, sí hay un rezago en la Constitución, lo que ha favorecido que el Poder Ejecutivo sobrepase sus propias atribuciones por falta de controles políticos.
Valadés Ríos, quien actualmente se desempeña como investigador en el IIJ, apunta que el problema central de la Constitución no radica en la cantidad de reformas que se le han hecho, sino en que “la están haciendo víctima de muchas violaciones.
“La Constitución no se deteriora por sus reformas, al contrario, éstas permiten que mantenga su lozanía, su vigencia. Lo que deteriora la Constitución es su incumplimiento”, expresa.
Reformas, la “ocurrencia de hoy”
La Constitución que rige actualmente al Estado mexicano fue publicada el 5 de febrero de 1917 y es resultado de una reforma a la anterior Constitución, que databa de 1857.
Desde su entrada en vigor el 1 de mayo de 1917 y hasta el 29 de julio de 2010, la Carta Megna había sido reformada 502 ocasiones, lo que ha implicado cambios en 110 de sus artículos (incluyendo los transitorios y transitorios de decreto de reforma), de acuerdo con información de la Cámara de Diputados.
Más de la mitad de estas reformas (289) se ha dado en los últimos 29 años, es decir desde el gobierno de Miguel de la Madrid Hurtado. Durante el sexenio de Ernesto Zedillo Ponce de León, se tuvo la mayor cantidad de modificaciones: 77. En cuatro años de la administración de Felipe Calderón Hinojosa, se han reformado 60 artículos.
El artículo que más modificaciones ha tenido es el 73, referente a las atribuciones del Congreso de la Unión, que ha sumado 60, de las cuales ocho se han realizado durante este sexenio. Le siguen en cantidad de reformas el artículo 123, relativo a los derechos laborales, con 23; y el 27, que sentencia la propiedad de la nación sobre sus recursos naturales, registra 16 cambios.
A decir del profesor e investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México, Enrique Uribe Arzate, la mayoría de estas reformas no debiera considerarse como tal, ya que no ha implicado un cambio sustancial de estructura, de la forma de concebir una institución o una instancia de gobierno.
Para Venegas Trejo, profesor de tiempo completo de la Facultad de Derecho de la UNAM, la laxitud de algunas reformas constitucionales se explica porque los políticos “no actúan con espíritu institucional, de Estado, sino con espíritu de partido y de interés personal de su carrera”.
El exdirector del seminario de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNAM pone como ejemplo la reciente iniciativa de reforma al artículo 3 constitucional que hace obligatoria la educación media superior. En su opinión, se trata de una propuesta vistosa pero poco viable, dadas las condiciones actuales de falta de servicios educativos.
El coordinador del área de Derecho Constitucional del IIJ, Miguel Carbonell Sánchez, comparte esta opinión, pues señala que en lugar de una reforma integral de la Constitución, lo que hay es una “reforma gota a gota”, en donde lo mismo caben “la pequeña reformita, la ocurrencia de hoy o el deseo del legislador de que quede su huella en la Constitución”.
La consecuencia de ello, dice Carbonell Sánchez, es que se ha hecho de la Constitución “una cosa prolija, confusa, mal ordenada”.
Para el diputado Jaime Cárdenas Gracia, integrante de la Comisión de Puntos Constitucionales, la Constitución “se reforma mucho porque no se respeta”.
El legislador por el Partido del Trabajo señala que hay reformas que se han promulgado aun cuando “van en contra del espíritu de lo que aprobó el Constituyente de Querétaro en 1917”.
Leyes, por encima de la ley suprema
El señalamiento de Cárdenas Gracia no es exclusivo de las reformas constitucionales, pues advierte que también existen leyes que contravienen lo estipulado en el texto constitucional.
Refiere, por ejemplo, que la Ley de Petróleos Mexicanos, creada en noviembre de 2008, fue en contra de lo establecido en los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, referentes a la propiedad de la nación sobre los recursos y el monopolio del Estado en su explotación.
El profesor Uribe Arzate apunta que si bien en términos formales la Constitución no es rebasada por las reformas ni por la generación de nuevas leyes, existen modificaciones constitucionales que se dan al margen de una reforma formal, por lo que “hay normas, disposiciones e incluso actos de la sociedad y de la autoridad que están más allá de la propia Constitución”.
El doctor en derecho y autor del libro El tribunal constitucional apunta que, debido a ello, toda la jurisprudencia, leyes ordinarias, decretos y reglamentos deberían ser regulados por un órgano especializado para evitar que se violente el principio de supremacía constitucional.
Actualmente, tal atribución recae en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, Uribe Arzate considera que ésta “ha sido rebasada, no es capaz de controlar la constitucionalidad de las normas y, mucho menos, prevenir la generación de normas inconstitucionales”.
Otro elemento que ha favorecido la creación de leyes contrarias a la Constitución es la pérdida del control del Congreso de la Unión por el presidente de la República, a decir de Carbonell Sánchez.
El investigador observa que desde 1997 dejó de haber una mayoría absoluta en el Congreso de la Unión del partido del presidente, lo que ha generado que muchos temas no puedan avanzar mediante reformas constitucionales y ha llevado al Ejecutivo a recurrir a la promulgación de leyes como “herramientas para lograr cosas que no puede usar en las Cámaras”.
Carbonell Sánchez advierte que hay una parte de la legislación “que camina al filo” de la Constitución y que no sólo tiene que ver con las leyes, sino también con sus reglamentos.
Ejemplo de ello, recuerda Carbonell Sánchez, fue la controversia constitucional promovida por los diputados en contra del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos. A cuyo amparo el gobierno de Vicente Fox Quesada concedió más de 600 permisos para centros de apuestas remotas que beneficiaron, entre otros, al grupo Televisa.
El ministro Genaro Góngora Pimentel planteó un proyecto de dictamen donde arguyó la invalidez de dicho reglamento dada la prohibición constitucional de los juegos de apuesta. Sin embargo, en enero de 2007 la SCJN resolvió la controversia al reconocer la constitucionalidad de casi todo el reglamento, con excepción de las llamadas “loterías instantáneas”, juegos de naipes y ruleta en ferias regionales.
El diputado Cárdenas Gracia señala que también los acuerdos internacionales, como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte y la Alianza para la Seguridad y la Prosperidad de América del Norte, han vulnerado la supremacía de la Constitución, pues, a través de ellos, se ha permitido la intervención de Estados Unidos en las políticas de seguridad nacional y pública del país.
Y añade que la ley suprema del Estado mexicano ha sido dinamitada por los intereses de la clase gobernante, a la que califica como “una clase tecnocrática que no responde a esa visión social nacionalista” plasmada en el texto de 1917.
Autoridad, responsable de violaciones
Para el doctor Valadés Ríos, el deterioro de la Constitución no se explica por el tiempo que tiene de existencia, sino por su incumplimiento, el cual ha provenido no sólo de particulares, sino también de las autoridades.
“No somos los mexicanos como ciudadanos los que rechazamos la Constitución y no es la Constitución, con sus 94 años, la que resulta responsable de las violaciones cometidas por las autoridades que debían aplicarla”, expresa.
Valadés Ríos refiere que, en 2010, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió un dictamen en el que, por unanimidad, expresaba que el presidente de la República había violado el artículo 41 constitucional durante el proceso electoral de 2009.
De acuerdo con el investigador, se trató de “una violación constitucional declarada por un órgano jurisdiccional y con relación en la cual no hay ninguna sanción. Eso es un problema de la aplicación de la Constitución; es un problema de las autoridades”.
Lo mismo ocurre, a decir del exministro de la SCJN, con los créditos fiscales cancelados en 2007 por el Servicio de Administración Tributaria, pues con ello se dispensó a sólo algunos ciudadanos de cumplir con lo dispuesto en el artículo 31, en el que se señala la obligación de contribuir al gasto público.
Valadés Ríos señala que, incluso, la autoridad ha caído en la paradoja de incumplir las reformas que ella misma promueve, como ha ocurrido con la modificación del artículo 21 constitucional que el Ejecutivo propuso en 2008 y en la que se señala que las funciones de seguridad pública son exclusivas de la autoridad civil.
Sin embargo, para Valadés Ríos, “esa reforma se introdujo y acto seguido se violó, porque estamos viendo que las funciones de seguridad pública están siendo desempeñadas por autoridades castrenses, no por autoridades civiles”.
Renovación, necesaria
Al cabo de casi un siglo de existencia, la Constitución se encuentra completamente desdibujada, dice el doctor Carbonell Sánchez.
El investigador es partidario de una renovación completa del texto constitucional, pues estima que la Constitución mexicana tiene un atraso de 40 años respecto de otros países, como Brasil y Argentina, cuyos tránsitos a la democracia implicaron la renovación de sus constituciones.
El investigador considera que la actual Constitución tiene un rezago en cuanto a garantías individuales por no contemplar “tendencias modernizadoras” que favorezcan la participación directa de los ciudadanos.
Asimismo, opina que, en materia política, la Constitución “no está dando incentivos, frenos y contrapesos a los poderes para que hagan bien su tarea y los resultados están a la vista: un país que se nos está yendo de las manos”.
El diputado Cárdenas Gracia, quien también comulga con la idea de una renovación constitucional, apunta que actualmente es poco factible que ésta se lleve a cabo, pues no existe un consenso entre las principales fuerzas políticas, sociales y económicas del país para llevar avante un proyecto parecido.
El legislador, experto en derecho constitucional, considera que de lograrse, una nueva constitución tendría que salvaguardar del texto actual la defensa del patrimonio nacional y de la soberanía, así como los derechos sociales, los cuales, incluso, habría que “maximizar”.
Cárdenas Gracia apunta que de no modificarse, la Constitución tenderá a convertirse en un “objeto simbólico, sagrado”, pero inservible. El riesgo de ello, advierte el diputado, es que continúen promulgándose leyes y tratados internacionales contrarios a la Constitución, con lo que se socava también el estado de derecho, pues “la primer condición para exista el estado de derecho es que se respete la Constitución”.
Reformas hechas a la Constitución: 502
Cantidad de artículos reformados: 110
Mayor número de reformas hechas durante un sexenio: 77 (en el gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León)
Cantidad de reformas hechas durante el actual sexenio: 60
Artículo más reformado: 73, con 60 reformas
El problema central de la Constitución no radica en la cantidad de reformas que se le han hecho, sino en que la están haciendo víctima de muchas violaciones: Diego Valadés
Antes que pensar en reformar la Constitución, habría que empezar a obedecerla: Carrancá y Rivas
Más de la mitad de las 502 reformas a la Constitución se ha hecho en los últimos 29 años, cuando se instauró el neoliberalismo
La Constitución “se reforma mucho porque no se respeta”: Jaime Cárdenas
Contralínea 218 / 30 de enero de 2011