CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El artículo 126 de la Constitución dice que “no podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley posterior”, pero como era una costumbre violar ese antiguo precepto, hubo necesidad de reformar el siguiente artículo, el 127, que entre otras muchas cosas prescribe:
“No se concederán ni cubrirán jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados, como tampoco préstamos o créditos, sin que éstas se encuentren asignadas por la ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo”.
Enrique Ochoa Reza, actual presidente del Partido Revolucionario Institucional, cobró un millón 206 mil pesos netos por haberse separado voluntariamente como director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para aceptar un nuevo encargo presidencial, al margen de la función pública, luego de dos años y 155 días de dirigir la paraestatal.
El instrumento invocado por el “líder” priista para demandar y obtener su “liquidación” fue el Manual de Trabajo de Servidores Públicos de Mando de la CFE que no es ley, no es presupuesto aprobado por la Cámara de Diputados, no es contrato colectivo y no es condiciones generales de trabajo, en virtud de lo cual sus reglas particulares sobre pagos de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro y liquidaciones por servicios prestados son nulas de toda nulidad según la Carta Magna.
Pero el problema no termina ahí, sino que está bastante más complicado. El “Manual” no permite otorgar “liquidación” a los jefes de la CFE que se separen de manera voluntaria, como fue el caso del líder priista, el señor Ochoa Reza, antes de tres años. El artículo 33 de ese “Manual” tiene dos apartados en cuanto al pago por servicios prestados: retiro “por voluntad propia”, que es el caso, y por “liquidación”, que de ninguna manera es el caso.
De haberse aplicado el primero y no el segundo, el señor Ochoa Reza no hubiera alcanzado ningún pago porque sólo aplica para después de tres años de servicio.
Está claro que el “Manual” es groseramente contrario a la Constitución pero, en el colmo, también fue violado para poder entregar de todas maneras un dinero a Ochoa Reza por cuenta de la nación.
La redacción actual del artículo 127 de la Constitución fue discutida en el Senado durante dos años. Yo fui quien redactó y presentó la iniciativa. Después estuvo congelada en la Cámara, donde tuvo que ser sacada de los cajones cuando los consejeros del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) pretendieron aumentarse el sueldo, lo que provocó un escándalo.
Finalmente, el decreto de reforma constitucional se aprobó en los estados y se publicó el 24 de agosto de 2009, junto con un plazo para que el Congreso emitiera la ley reglamentaria. A pesar de que el Senado aprobó un proyecto de ley en 2011, desde entonces el PRI y el PAN han olvidado ilegalmente la minuta: ahí sigue sin que haya explicación alguna, al estilo mexicano. No obstante, el texto constitucional está vigente y debería ser respetado, pues contiene normas que no requieren interpretación alguna.
Así como Ochoa Reza ha cobrado una liquidación inconstitucional y, en el colmo del abuso, contraria a las mismas reglas inconstitucionales de la CFE, hay muchos que lo hicieron antes y muchos más que, habiéndolo hecho, reciben además una pensión vitalicia. No sólo son los expresidentes de la República, sino los exdirectores de organismos descentralizados.
José Ángel Gurría, por ejemplo, fue empleado de Hacienda desde muy joven, y cuando después de pocos años en el cargo abandonó la dirección de Nacional Financiera, le contaron su antigüedad en la Secretaría para juntar años y aplicar un reglamento interno que otorga buenas pensiones por haber estado en “el sector financiero”. Al pensar en personas como ésa, genuinos exponentes de la corrupción mexicana, el Congreso estableció la regla de que, a pesar de haberse otorgado en el pasado al margen de la ley, “no se concederán ni cubrirán (hoy, mañana y siempre) jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, ni liquidaciones por servicios prestados”.
Respecto de la corrupción, Enrique Peña Nieto ha dicho que “no hay alguien que pueda atreverse a arrojar la primera piedra…”. Es decir que la corrupción está en todos y beneficia a todos. Esta es la idea que se ha querido implantar sobre ese lacerante fenómeno desde los años cincuenta del siglo XX, es un criterio netamente priista. Los gobernantes roban y arrojan escurriduras sobre algunos otros, funcionarios y particulares, para que formen “parte de un modelo”, como lo ha catalogado el mismo presidente de la República. Estamos seguros que Peña conoce ese “modelo”, que según los conceptos de él mismo, contiene una fórmula tendiente a culpar a “todos” de lo que ha sido una penetrante obra del poder.
Quienes firmaron la autorización para pagar a Enrique Ochoa Reza su millón y pico de pesos son Jaime Tadeo Castelán y Karine Slim, el primero es subgerente de Relaciones Laborales y el segundo es jefe del Departamento de Dictámenes, pero ambos tienen jefes que ordenan. El convenio fue registrado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, aunque no corresponda a la naturaleza de esa fraudulenta “liquidación”.
Junto a Ochoa Reza, esas dos personas, por lo menos, deben ser sometidas a un procedimiento en el órgano interno de control de la CFE. El asunto tendría que llegar a la Secretaría de la Función Pública, a la Auditoría Superior de la Federación y al Ministerio Público. Así suelen tratarse esa clase de conductas en muchos países, pero como México no hay dos.