MÉXICO, D.F. (Proceso).- Pese a no ser la mejor iniciativa, la propuesta de reforma constitucional en materia de telecomunicaciones emanada del llamado Pacto por México despertó el entusiasmo de muchos analistas y expertos. El entusiasmo creció con las modificaciones que introdujo el Congreso para mejorar algunos aspectos puntuales de la misma y desde luego, se potenció con la resolución del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) al declarar agentes económicos preponderantes a América Móvil y Televisa.
Pero “el gozo se fue al pozo” con la iniciativa presidencial de leyes secundarias y con la evidencia de que la interpretación de las disposiciones constitucionales que hizo el IFT para declarar agentes preponderantes era la misma que sostenía el Ejecutivo y de hecho permitiría la subsistencia del poder de Televisa en el sector de radiodifusión. Y todavía más con el adocenamiento mostrado por la mayoría de los legisladores federales, quienes finalmente cedieron frente a Televisa –“poder real”– y su operador político –el Ejecutivo federal (Proceso 1966)– y aprobaron disposiciones contrarias a lo establecido en la reforma constitucional.
Entre los vacíos presentes desde la reforma constitucional –los cuales no se remediaron en el Congreso y a la larga benefician a los actuales concesionarios– está la posibilidad de que éstos se apropien, sin costo alguno, de la llamada “ganancia digital” para la multiprogramación, pues los artículos 158 y 159 de la nueva legislación lo permiten.
Más decepcionantes son los aspectos que se pensaba habían sido atendidos en el Congreso en la reforma constitucional, revertidos en la legislación secundaria.
Destaca que en el párrafo II del apartado B del artículo 6 de la Constitución se agregó que el Estado garantizará que el servicio de telecomunicaciones se prestará “sin injerencias arbitrarias”. Esto fue tan burdamente violentado en la iniciativa de ley secundaria presidencial que generó un gran movimiento en las redes sociales, lo cual obligó a los personeros del gobierno a declarar que daban marcha atrás en dichas disposiciones.
Sin embargo las disposiciones previstas en el artículo 189 de la ley secundaria dejan un margen muy amplio para solicitar bloqueos de señales e información georreferenciada, sin mediar una resolución judicial.
Una de las adiciones más difundidas por los legisladores fue la incorporación del párrafo VI en el apartado B del artículo 6 de la Constitución, que indica: “La ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”.
Esto fue ignorado en la legislación secundaria, pues los defensores de las audiencias dependen de los concesionarios y sus facultades están muy acotadas, al grado de que su actuación podrá difundirse vía correo electrónico, la página de internet del concesionario o un número telefónico, cuando deberían garantizarle un espacio en el mismo medio.
Y el más discutido de todos: la determinación de preponderancia por servicio o por sector. Los legisladores pensaban que en el párrafo III del artículo 8 transitorio de la reforma constitucional habían logrado establecer los candados suficientes para determinarlo por servicios y que hubiera las alternativas suficientes para combatir la desmedida concentración privativa en los dos sectores.
Pero resulta que primero el IFT, en marzo de este año, y luego la mayoría de senadores y diputados decidieron que la preponderancia se hacía por sector, con lo cual prácticamente le abrieron la puerta a Televisa para mantener el control de más de 60% de la audiencia en televisión abierta y de paga, pues esto se compensa con el bajo porcentaje que tiene en la radio.
Los legisladores que votaron contra la nueva legislación pensaron que en las reformas constitucionales habían logrado avances irreversibles. Sin embargo la realidad es que esos avances se esfumaron y lo peor: en los 13 meses que pasaron entre la reforma constitucional y la legal también perdieron el apoyo de un grupo determinante de legisladores, pues hoy no tienen ni siquiera el número suficiente para poder interponer una acción de inconstitucionalidad.
Evidentemente el gobierno federal apostó a que en las reformas legales podía revertir algunas de las concesiones que había hecho en las constitucionales, pues ya no requería la mayoría de dos terceras partes indispensable en el caso de las modificaciones a la Carta Magna (Proceso 1956) y dado que en la Cámara de Diputados ya tenía la mayoría simple, sólo le faltaba el voto de cuatro senadores para sacar adelante las reformas legales.
Lo más frustrante para los legisladores del PRD y del PAN que mantuvieron la congruencia y se opusieron a estos retrocesos, es que varios de sus correligionarios les dieron la espalda: hoy no tienen ni siquiera las firmas de 43 senadores o de 167 diputados para interponer una acción de inconstitucionalidad, con lo cual ni siquiera podrán saber si el pleno de la Suprema Corte de Justicia comparte su interpretación de que habían establecido las suficientes salvaguardas en la reforma constitucional.
Para colmo, cuando se discutían en la Cámara de Diputados las nuevas leyes, América Móvil anunció la decisión de vender parte de sus activos para dejar de ser agente económico preponderante, opción que se vuelve muy atractiva bajo la óptica de que la preponderancia se determina por sector y no por servicios, pues les permite salirse de los servicios menos rentables para mantener la preponderancia en los demás.
Pese a ello ya hay analistas que piensan que Carlos Slim abrirá las puertas a corporaciones de telecomunicaciones internacionales con capacidad de competir con su conglomerado, lo cual resulta imposible siquiera de imaginar; más bien parece reflejar la necesidad de encontrar algún elemento que haga renacer la esperanza.
Todo indica que las reformas tienen la clara intención de favorecer a Televisa, debilitar o contener a Telmex y desde luego, ignorar totalmente los derechos ciudadanos y de las audiencias, pero vender –con apoyo mediático– algunos efímeros beneficios para los consumidores, como el publicitado ahorro en las largas distancias.