lunes, 28 de abril de 2014
Comisiones del Senado votan a favor de imponer el Estado de Excepción en México; la Ley criminaliza la protesta: ONGs
Ciudad de México, 28 de abril (SinEmbargo).– Las Comisiones Unidas de Derechos Humanos, Gobernación, Justicia y de Estudios Legislativos del Senado de la República aprobaron esta mañana, en una reunión a puerta cerrada en donde no se permitió la entrada a ningún representante de los medios de comunicación, la ley reglamentaria del artículo 29 constitucional que tiene por objeto regular el procedimiento para decretar la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos y garantías.
El dictamen contempla la concesión de autorizaciones que se estimen necesarias para que el titular del Ejecutivo federal declare un Estado de Excepción frente a una situación o en un lugar determinado con motivo de una amenaza excepcional.
La restricción o suspensión procederá en los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública u “otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”. La reforma señala que la suspensión tendrá como único fin reestablecer la normalidad y garantizar el goce de los derechos humanos.
Sin embargo, un grupo de organizaciones no gubernamentales alertó este fin de semana que la Ley criminaliza la protesta además de que suspende y restringe los derechos de las personas y colectivos. Este día, esas mismas ONGs expresaron su total rechazo a la aprobación de la Ley, ya que dijeron es “regresiva, ambigua y discrecional” ya que permite la criminalización de la protesta social.
“Como organizaciones defensoras de derechos humanos, manifestamos nuestra preocupación y alertamos sobre esto, ya que en un contexto donde se da la consolidación de normas legales e incluso constitucionales que permiten, por razones de orden político, la limitación en materia de libertades democráticas, llama la atención la discusión de una ley que podría eventualmente violentar derechos humanos de personas y colectivos”, denunciaron ayer ONGs como Artículo 19, Fundar, la Red Todos los Derechos Para Todos y Todas, entre otras.
Este día, tras la aprobación realizada en el Senado en total sigilo, aprovechando que la atención mediática se centra en la discusión de la Reforma Política, las asociaciones civiles que conforman el Frente por la Libertad de Expresión y la Protesta Social rechazaron la aprobación del dictamen de la ley reglamentaria, por considerarla “regresiva y ambigua”.
“Las organizaciones firmantes expresamos nuestro extrañamiento a la afirmación que realizó la senadora Angélica de la Peña vía Twitter, de acuerdo con la cual reitera que se consultaron a especialistas y a organizaciones de la sociedad civil (OSC) para la elaboración de la iniciativa de ley y el dictamen de la misma”, dice el posicionamiento.
Y finaliza: “Consecuentemente y de nueva cuenta, hacemos un llamado al Poder Legislativo para que esta iniciativa sea rigurosamente analizada, cuidando la taxatividad y estableciendo un catálogo cerrado de situaciones (numerus clausus), con apego a estándares de derechos humanos y con controles efectivos para declarar un Estado de Excepción. Por tratarse de un mecanismo que puede suspender y limitar el ordenamiento constitucional, su discusión requiere de la mayor publicidad y participación efectiva de la sociedad en general”.
El día de ayer la ONGs firmantes alertaron sobre los “riesgos” de esta Ley al considerar que “se enmarcan en un contexto de criminalización de la protesta social, que ha tenido como una de sus expresiones la modificación de los marcos normativos con el objeto de castigar o inhibir las expresiones de disenso y de manifestación pública, así como la desnaturalización de figuras legales, que bajo ciertas circunstancias y con una intencionalidad política pueden ser desviadas de sus propósitos e indebidamente utilizadas contra grupos sociales”
En el dictamen de Ley aprobado este día en comisiones del Senado se estipula que el Ejecutivo someterá a la aprobación del Congreso de la Unión, o en su caso de la Comisión Permanente, un proyecto de decreto por el que se declare la restricción o suspensión y este deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas.
“Toda medida para la restricción del ejercicio de derechos y garantías deberá ser oportuna, fundada y motivada y proporcional a la situación que se deba afrontar, considerando su gravedad y naturaleza y observando en todo momento los principios de legalidad, temporalidad, excepcionalidad y racionalidad”, dice la propuesta que se prevé sea discutida en los próximos días en el Pleno.
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