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sábado, 24 de agosto de 2013

¡Presidente Cárdenas… las mayorías nacionales presentes!



Alvaro Cepeda Neri
Prólogo Político

¡Presidente Cárdenas… las mayorías nacionales presentes!
Al proponer contrarreformar los Artículos 27 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, queda claro que el peñismo y el PAN, con el chuchismo perredista a punto de la traición, con todo y que se cobijen en la propuesta cardenista que encabeza Cuauhtémoc Cárdenas, quiere PRIVATIZAR no solamente la empresa paraestatal de Pemex, sino lo que resta de la riqueza natural del petróleo. Contratos para “compartir utilidades” es un camouflage. Quieren los peñistas que los capitales y empresas, más del extranjero que nativos, que hacen negocios con la exploración, extracción, comercialización del petróleo y sus derivados, sean propietarios de ese recurso natural que se agota. Y que más del 70 por ciento de la renta petrolera se vaya a la riqueza particular de los nuevos socios (mayoritarios) de Pemex que no son unas damas de la caridad. Van por todo, una vez que Peña y el PAN abran la puerta.
En la suma y resta de la biografía de Lázaro Cárdenas del Río, su buen gobierno democrático sobresale. Su trabajo por los indígenas y empeño en proteger a los asalariados. Sus decisiones patrióticas e impulso al sindicalismo. Sus innovaciones institucionales para afianzar el gobierno federal y cumplir la Agenda de la Revolución, representaron el regreso a la paz social. Su defensa de la soberanía del Estado como estructura jurídica duramente conquistada, para hacer posibles los fines políticos de la Constitución de 1917 que, tras el triunfo revolucionario de 1910, reformó a la Constitución de 1957. Cárdenas fue el Juárez de nuestro tiempo y ambos tienen un saldo histórico a su favor por los beneficios que dieron a la Nación. Así, la Expropiación Petrolera de 1938, para quitar de encima de los trabajadores, del pueblo y del Estado a los depredadores que hicieron del petróleo un botín, Cárdenas completó la República Restaurada y cumplió con lo establecido en la Constitución de 1917.
Ahora el peñismopanista quiere completar la contrarrevolución que han estado implantando desde Miguel Alemán, rematada por Fox y Calderón. Al proponer el reformismo al 27 y 28 constitucionales, busca devolver a los herederos de los empresarios de entonces, lo que la Nación, apoyando a Cárdenas, les expropió. Que los regímenes y el sindicalismo contrarios a la Expropiación hayan estado abusando de Pemex, hasta con la penetración de intereses privados y quitándole todas sus ganancias para otros menesteres, no significa que, en ofrenda al neoliberalismo peñista, quieran entregar la industria petrolera para iniciar su privatización.
La mayoría de los mexicanos estamos en desacuerdo con la Contraexpropiación; y nos hacemos presentes para oponernos. Las contrarreformas constitucionales que están aprobadas por el Pacto… por Peña y han sido entregadas al Congreso, deben ser combatidas con la democracia directa, la del pueblo, convocada por la memoria de Lázaro Cárdenas. El conservadurismo neoliberal que quiere un gobierno capitalista, quiere saber si la Nación, en su mayoría, está en desacuerdo. Entonces: ¡Presidente Cárdenas… las mayorías nacionales presentes!
cepedaneri@prodigy.net.mx

domingo, 18 de agosto de 2013

El misterio del petróleo

Néstor de Buen
C
onfieso que no acabo de entender el problema del petróleo que, por lo visto, será discutido en estos días en el Congreso de la Unión, con base en un proyecto presidencial.
Aparentemente, se trata de permitir que empresas privadas –nacionales o extranjeras– puedan intervenir en la industria petrolera, supongo que con la capacidad de explorar, explotar y vender el producto, quedarse con el valor de la venta, y pienso que con la obligación consecuente de pagar al Estado una parte del valor del producto que, de acuerdo con el artículo 27 constitucional, es del dominio directo de la nación.
Habrá que leer los términos del proyecto de reforma constitucional para determinar si es o no contradictorio con lo establecido en la Constitución a partir de la expropiación petrolera que en su momento promovió el presidente Lázaro Cárdenas, con el pago de indemnizaciones a las diversas compañías que llevaban a cabo la tarea.
Me temo que se trata, simple y sencillamente, de autorizar que sociedades particulares, nacionales o extranjeras, lleven a cabo esas tareas que hasta ahora, en forma exclusiva, ha realizado Pemex.
Me pregunto, con curiosidad malsana, cuáles serán los procedimientos para determinar el volumen de la extracción y el valor de la venta, y si se establecerá algún mecanismo de control para que no haya engaños costosos y, en ese caso, cuales serán las medidas que podrán tomarse para exigir el exacto cumplimiento de las obligaciones asumidas por esas sociedades y, en su caso, ante qué organismo nacional o internacional.
En todo caso parece evidente que Pemex tendrá que crear un equipo de inspectores con claras facultades para si es preciso, ordenar la suspensión de los trabajos y el cumplimiento de las obligaciones que asuman los nuevos explotadores.
Es evidente que habrá que revisar el vigente contrato colectivo de trabajo para determinar si el nuevo sistema invade, como supongo, alguna facultad atribuida al sindicato, por ejemplo, en relación con la cláusula de exclusión que necesariamente se verá comprometida con la aparición de nuevos empresarios que ciertamente se verán en la necesidad de firmar los contratos colectivos que les impongan los sindicatos representativos de los trabajadores que contraten.
Es obvio que esta nueva situación afectará a las relaciones laborales establecidas antes con respecto a cada zona de trabajo actualmente vigente a cargo de Pemex, salvo que se pretenda que no ceda ningún campo de trabajo, lo que me parece difícil que pueda ocurrir.
Aquí se ponen de manifiesto diversos problemas que, me temo, no serán tan fáciles de resolver con el riesgo de que las nuevas empresas, seguramente las más importantes en el mundo internacional, presionen de todas las maneras posibles, con el apoyo de sus países de origen pudiendo generar, sin duda, conflictos internacionales.
Lo bueno de esto es que he vuelto a leer el artículo 27 constitucional que, se me había olvidado, es enormemente largo.
He sentido un poco la impresión de que estamos cancelando una parte importantísima de nuestra historia, que ha sido motivo de orgullo desde 1938, en el famoso 18 de marzo que dio fecha a la expropiación.
¿Qué hará el actual sindicato petrolero? Porque de lo que no cabe duda alguna es que tendrá que modificar su estructura de sindicato de empresa para convertirse en sindicato de industria, con todas las consecuencias que ello puede suponer.
Y si, como lo supongo, el Estado ha planeado ya su estrategia o se la han exigido los próximos concesionarios, el asunto se va a poner divertido.

viernes, 9 de agosto de 2013

Lázaro Cárdenas y la reforma energética

Cuauhtémoc Cárdenas
E
stamos a unos días, por no decir a unas horas, de que se anuncie la propuesta del gobierno de la República sobre las reformas en materia energética. En los últimos días, desde el lado oficial se han multiplicado las expresiones que la reforma, que ya pronto se dará a conocer, se corresponde con los cambios introducidos en la legislación petrolera a raíz de la expropiación, esto es, en los últimos meses de la administración de Lázaro Cárdenas en 1940.
El pensamiento y las posiciones de Lázaro Cárdenas en materia de política petrolera, como en otros temas que tuvo siempre presentes (la reforma agraria, la libertad de los presos políticos, la defensa de la soberanía y la autodeterminación, y la paz) no fueron estáticos de diciembre de 1940, en que concluyó su gobierno, hasta el 19 de octubre de 1970, día en que falleció. Así, cuando consideraba que debía hacer manifestación pública sobre alguna cuestión, de acuerdo o en desacuerdo con la administración en turno, siempre lo hizo, y no recuerdo que en relación a los cambios en las políticas petroleras que se efectuaron en los 30 años que vivió como ex presidente, se haya expresado contrario a cualquiera de ellas.
Quisiera, en relación con estas ideas, transcribir lo esencial del contenido de una carta que Lázaro Cárdenas dirigiera a Jesús Reyes Heroles, fechada el 30 de marzo de 1968 ( Epistolario de Lázaro Cárdenas. Siglo XXI Editores. 1974. Páginas 91 a 93), que dice:
“Me considero impulsado a expresar a usted mi solidaridad ante las explicables, aunque injustificadas críticas que representativos del sector empresarial han publicado en relación a su importante informe del 18 de los corrientes, y en particular sobre las tesis por usted sustentadas respecto a los tradicionales inconformes con las crecientes actividades económicas de los estados republicanos modernos (...)
“A la vez, expreso a usted mi firme simpatía personal por la conceptuosa y firme defensa que hizo en su informe de las atribuciones públicas del gobierno revolucionario, en relación a las responsabilidades del sector privado empresarial.
“La interdependencia de las relaciones sociales explica que es sólo un espejismo creer en la existencia autónoma de los capitalistas privados, que no son los únicos inventores de la ciencia y la técnica contemporáneas. Además, dadas las tendencias acumulativas de los grandes capitales privados y sus correlaciones con los monopolios internacionales, está en su origen y esencia acaparar y explotar riquezas naturales de los territorios ajenos, sobre todo de los recursos no renovables, agotándolas a la par que la fuerza humana de trabajo, logrando con ello cuantiosas utilidades. Más aún, al amparo de concesiones y privilegios, se forman estatutos de excepción extraterritorial violatorios de la soberanía. Es del dominio público que los consorcios petroleros han ejercido incentivos y presiones para desviar a la industria nacionalizada de sus objetivos iniciales e intrínsecos, al grado de que su economía ha sufrido la carga de compensaciones infladas, como las de la compañía El Águila, SA, que a su exagerada cuantía se agregó la del pago en moneda extranjera. No es inoportuno anotar que el espíritu nacionalista de la expropiación de 1938 y de la Reforma Constitucional de 9 de noviembre de 1940, no se respetaron plenamente: los contratos de exploración y explotación permitidos por la Ley Reglamentaria de 1941, se concedieron con participación en la producción del petróleo a empresas nacionales y extranjeras (afortunadamente ya se cancelaron los 18 contratos). El institucional reconocimiento de las concesiones confirmatorias facilitó indemnizaciones indebidamente autorizadas por la Ley Reglamentaria de 1958, mediante convenios privados sobre compensaciones a superficiarios, con la agravante circunstancia de que en las indemnizaciones se llegó a valorizar la potencialidad del subsuelo petrolífero, reivindicado por México desde la vigencia del artículo 27 constitucional.
“Muy certeras sus palabras del informe, de que ‘los hombres del gobierno son servidores y no negociantes. Deben convencerse que las tareas administrativas y la acción política se dirigen al servicio de la sociedad’ y de que ‘no dejemos por descuido, apetito o complicidad, que se transformen en utilidades individuales, que son utilidades de la nación’.
“Por lo anterior aplaudo tanto al criterio presidencial, que ‘señaló la conveniencia de sustituir la rentabilidad máxima de cada empresa, por la noción de la mayor eficacia global de las inversiones con fines sociales’, como a sus conceptos sobre que ‘la orientación fundamental de nuestra economía mixta consiste en el desarrollo por y para la independencia nacional, el bienestar social, las libertades espirituales y el perfeccionamiento democrático’ y de que se deben ‘de determinar las grandes directivas acordes con los fines perseguidos y lograr que los sectores público, social y privado de México actúen de conformidad con ellas’, dejando el sector privado de despilfarrar sus utilidades, eludir impuestos, evadir la legislación social, presionar la unidad laboral con sindicatos blancos y sin operar como mandaderos del capital extranjero.
“Esta advertencia de usted recoge el sentir general ante la creciente competencia del capital inversionista extranjero, que está minando nuestra autonomía económica al obtener máximos beneficios. Es tan peligrosa esta situación que los extranjeros ya se han apoderado del 60 por ciento de la industria de transformación desplazando a empresarios mexicanos y ocasionando que el comercio de exportación sufra las arbitrarias bajas de precios, en cambio de las alzas de los valores de importación.
Estoy seguro que seguirá usted con integridad doctrinaria y dinámica infatigable los postulados de la nacionalización de la industria petrolera mexicana, y que continuará superándola, mediante las reformas legales y administrativas conducentes, ya que esta industria no es únicamente factor básico del desarrollo de la industria nacional, sino de la autonomía económica y política del país (...).
En fin, creo que resulta oportuno reflexionar sobre lo que expresara Lázaro Cárdenas 30 años después de la expropiación.
Subrayado de C. Cárdenas

jueves, 9 de mayo de 2013

Decreto Expropiatorio



CONSIDERANDO. Que es del dominio del público que las empresas petroleras que operan en el país y que fueron condenadas a implantar nuevas condiciones de trabajo por el Grupo Número 7 de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 18 de diciembre último, expresaron su negativa a aceptar el laudo proporcionado, no obstante de haber sido reconocida su constitucionalidad por ejecutoria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin aducir como razones de dicha negativa otra que la de una supuesta incapacidad económica, lo que trajo como consecuencia necesaria la aplicación de la fracción XXI del artículo 123 de la Constitución General de la República en el sentido de que la autoridad respectiva declarara rotos los contratos de trabajo derivados del mencionado laudo.

CONSIDERANDO. Que este hecho trae como consecuencia inevitable la suspensión total de actividades de la industria petrolera y en tales condiciones es urgente que el Poder Público intervenga con medidas adecuadas para impedir que se produzcan graves trastornos interiores que harían imposible la satisfacción de necesidades colectivas y el abastecimiento de artículos de consumo necesario a todos los centros de población, debido a la consecuente paralización de los medios de transporte y de las industrias; así como para proveer a la defensa, conservación, desarrollo y aprovechamiento de la riqueza que contiene los yacimientos petrolíferos, y para adoptar las medidas tendientes a impedir la consumación de daños que pudieran causarse a las propiedades en perjuicio de la colectividad, circunstancias todas éstas determinadas como suficiente para decretar la expropiación de los bienes destinados a la producción petrolera.

Por lo expuesto y con fundamento en el párrafo segundo de la fracción VI del artículo 27 Constitucional, y en los artículos 1, fracciones V, VII y X, 4, 8, 10  y 20 de la Ley de Expropiación de 23 de noviembre de 1936, he tenido a bien expedir el siguiente:

ARTÍCULO 1. Se declaran expropiados por causa de utilidad pública y a favor de la nación, la maquinaria, instalaciones, edificios, oleoductos, refinerías, tanques de almacenamiento, vías de comunicación, carros-tanque, estaciones de distribución, embarcaciones y todos los demás bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Compañía Mexicana de Petróleo El Águila, S. A., Compañía Naviera de San Cristóbal, S. A., Compañía Naviera San Ricardo, S. A., Huasteca Petroleum Company, Sinclair Pierce Oil Company, Mexican Sinclair Petroleum Corporation, Stanford y Compañía, S. en C., Peen Mex Fuel Company, Richmond Petroleum Company de México, California Standard Oil Company of Mexico, Compañía Mexicana el Agwi, S. A., Compañía de Gas y Combustible Imperio, Consolidated Oil Company of Mexico, Compañía Mexicana de Vapores San Antonio, S. A., Sabalo Transportation Company, Clarita, S. A., y Cacalilao, S. A., en cuanto sean necesarios, a juicio de la Secretaría de Economía Nacional para el descubrimiento, captación, conducción, almacenamiento, refinación y distribución de los productos de la industria petrolera.

ARTÍCULO 2. La Secretaría de Economía Nacional, con intervención de la Secretaría de Hacienda como administradora de los bienes de la Nación, procederá a la inmediata ocupación de los bienes materiales de la expropiación y a tramitar el expediente respectivo.

ARTÍCULO 3. La Secretaría de Hacienda pagará la indemnización correspondiente a las compañías expropiadas, de conformidad con lo que disponen los artículos 27 de la Constitución y 10 y 20 de la Ley de Expropiación, en efectivo y a un plazo que no excederá de diez años. Los fondos para hacer el pago los tomará la propia Secretaría de Hacienda del tanto por ciento que se determinará posteriormente e la producción del petróleo y sus derivados, que provengan de los bienes expropiados y cuyo producto será depositado mientras se siguen los trámites legales, en la Tesorería de la Federación.

ARTÍCULO 4. Notifíquese personalmente a los representantes de las compañías expropiadas y publíquese en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo de la Unión a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos treinta y ocho.

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