GUANAJUATO, Gto. (apro).- Funcionarios de la Procuraduría General de Justicia (PGJ) incurrieron en omisiones y vulneraron derechos de menores víctimas de abuso sexual en esta ciudad, así como los de Laura Patricia Vázquez, una mujer que denunció violencia doméstica y posteriormente fue asesinada por su pareja en León, según recomendaciones divulgadas hoy por la Procuraduría Estatal de los Derechos Humanos (PEDH).
Hace apenas dos semanas la CNDH emitió recomendaciones al gobernador panista Miguel Márquez al concluir que personal de la PGJ violó los derechos de otra víctima de violencia de género, María de la Luz Salcedo Palacios, Lucero, y además mintió al ombudsman nacional en los informes que le fueron enviados dentro del proceso de investigación de la queja.
Pese a que el gobierno estatal difunde con profusión una campaña publicitaria en la que se promociona un “código naranja” contra la violencia hacia las mujeres, en los hechos organismos de derechos humanos reportan una ausencia de protocolos y aplicación de perspectiva de género en la atención a mujeres víctimas de delitos y de violencia.
La PEDH informó que uno de los casos corresponde a una menor que fue abusada sexualmente por su padrastro en el barrio de Tamazuca en Guanajuato capital. El hombre vivía con dos mujeres con las cuales había procreado varias hijas y se presumía que cometía abusos sexuales al menos contra dos de ellas.
Sin embargo, aunque la madre de una de las dos mujeres lo denunció ante la Procuraduría General de Justicia Estatal al conocer el posterior embarazo de la menor, el asunto no prosperó hasta seis meses después, cuando la queja se hizo pública.
Poco después el hombre, Félix José Rangel Núñez, fue detenido (“La impunidad de un violador”, www.proceso.com.mx) y actualmente enfrenta un juicio.
Es por ello que el ombudsman estatal inició de oficio la queja 238/12-A, la cual fue ratificada posteriormente por un familiar de una de las mujeres que eran encerradas junto con las niñas por el agresor.
Siete meses después de abrir este expediente, el ombudsman estatal concluyó que personal de la Procuraduría estatal y del Centro Multidisciplinario para la Atención Integral de la Violencia (Cemaiv) del municipio de Guanajuato fueron omisos en proteger a las menores.
Por eso, el organismo recomendó al procurador Carlos Zamarripa Aguirre que se inicien procedimientos disciplinarios para sancionar a Claudia Lisbet González Cano y Blanca Raquel Ramírez Tapia, agentes del MP, quienes se encargaron de integrar la carpeta de investigación.
Peor aún, Blanca Ramírez también debería ser sancionada por la recomendación emitida por la CNDH en el caso de Lucero, en virtud de que además incurrió en una serie de omisiones al integrar la carpeta luego de la denuncia presentada por la joven en septiembre pasado, al padecer la golpiza y agresión sexual de parte de Miguel Ángel Jasso, actualmente preso.
Los procedimientos disciplinarios deberán iniciarse asimismo en contra de Juan Carlos Santa Cruz Oros, subdirector de Investigación y Litigación Oral; José de Jesús Huerta Macías, director de Investigaciones de la Región “D”, y Miguel Ángel Rangel Zendejas, quien fue subprocurador de Justicia de la Región “D” para deslindar su responsabilidad en la falta de protección de las menores.
Incluso se pide al procurador Zamarripa que en la dependencia a su cargo sean puestos en marcha “cursos de capacitación y actualización sobre garantías fundamentales y, en particular, de los derechos del niño, dirigidos a los agentes del Ministerio Público y personal adscrito a esa dependencia que coadyuve en la investigación y atención de los ofendidos y víctimas”.
Además, que se tomen medidas en el correcto seguimiento de este tipo de denuncias para que no vuelvan a cometerse las omisiones y violaciones ya detectadas.
De igual forma, la PEDH pide al alcalde de Guanajuato, Luis Gutiérrez Márquez, sancionar a la directora del CEMAIV, Marina Hurtado, debido a que incurrió en las mismas omisiones al no brindar la suficiente protección a las víctimas del abusador.
Yerros en agencia especializada
Gustavo Rodríguez Junquera, titular de la PEDH, también dio a conocer hoy –justo en el periodo de asueto en las dependencias del gobierno estatal– otra recomendación dirigida también al procurador Carlos Zamarripa, ésta referida al caso de Laura Patricia Vázquez Aguilar, una mujer que acudió al menos en tres ocasiones a las agencias del MP en León a denunciar la violencia de que era víctima por parte de su esposo –el expolicía municipal Miguel Ángel Castro Rocha– antes de ser asesinada a manos de éste.
El personal de las agencias incluso había entregado a Laura los citatorios dirigidos a su pareja para que ella se los hiciera llegar al agresor, y la canalizaron a una agencia de conciliación.
Laura fue asesinada en septiembre por su pareja, dejando huérfanos a un menor de 12 años y una bebé, cuyo paradero se desconoce, a pesar de que la abuela materna Geraldina Aguilar pidió el apoyo de la PGJE para encontrarla y recuperarla.
La madre de Laura denunció su desaparición a la misma dependencia, donde ignoraron su queja, hasta que su hija apareció estrangulada en su domicilio.
De acuerdo con la resolución del expediente 275/13-A, los titulares de las agencias del MP especializadas en delitos sexuales y violencia intrafamiliar, así como de la agencia del MP número 5, actuaron con negligencia al recibir las denuncias.
Las omisiones de los funcionarios “impidieron la efectiva garantía y disfrute de los derechos humanos de Laura Patricia Vázquez Aguilar en relación con los hechos de violencia intrafamiliar denunciados en esa instancia”.
Los funcionarios señalados y contra quienes deberán iniciarse procedimientos disciplinarios son Luz Adriana Sánchez Rodríguez, Fátima Guadalupe Negrete Gutiérrez, Erika García Lira, Ana Lilia Alberto Razo, Gisela Berenice Campos Bello, Aidee Elizabeth Maldonado Sánchez, Blanca Isabel Gasca Curiel, Ricardo Gutiérrez Mosqueda y José de Jesús Trujillo Morales, titulares y colaboradores en las agencias mencionadas.
El ombudsman guanajuatense determinó que los señalados incurrieron en ejercicio indebido de la función pública al violar los derechos a la no discriminación, igual protección ante la ley y acceso a una vida libre de violencia de la víctima de feminicidio.
Además de atender a las víctimas indirectas –familiares de la mujer asesinada–, la PGJ deberá destinar recursos para poner en marcha medidas de protección reglamentadas y programas de capacitación para los funcionarios en los que se estandarice la protección a las mujeres víctimas de violencia.
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