El caso de Patishtán muestra que en
México indígenas y pobres sufren la negación de sus derechos humanos: Amnistía
Por:
Redacción / Sinembargo - octubre 1 de 2013
Ciudad de
México, 1 de octubre (SinEmbargo).– Amnistía Internacional consideró los 13
años de encarcelamiento de el profesor Alberto Patishtán muestran que en México
las personas indígenas o pobres siguen sufriendo la negación de sus derechos
humanos, como los derechos a vivir sin discriminación y a un juicio justo.
Recordó que tras el reciente fallo del Tribunal Colegiado de Tuxtla Gutiérrez,
la vía jurídica sólo le ofrece el largo camino del Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, el cual puede tardar varios años en garantizarle acceso a un
recurso efectivo. Por lo tanto, exigió que las autoridades federales sean las
que pongan fin a esta “injusticia y liberar a Alberto Patishtán de forma
inmediata para reafirmar el Estado de derecho y los derechos humanos”. “Luego
de estudiar el caso de Alberto Patishtán, condenado por el asesinato de siete
policías, la organización considera que el proceso judicial y la sentencia en
su contra son injustos. La reciente decisión del Tribunal Colegiado de Tuxtla
Gutiérrez de rechazar la petición de reconocimiento de inocencia implica que ya
no queda ningún recurso efectivo dentro del sistema de justicia mexicano para
corregir la injusticia que está viviendo Alberto”, dice el documento difundido
este día. Amnistía reconoció la gravedad del múltiple homicidio ocurrido el 12
de junio de 2000 durante una emboscada en el municipio de Simojovel. Afirmó que
los familiares y sobrevivientes tienen el derecho a exigir que los verdaderos
culpables sean llevados ante la justicia. “Sin embargo, el estudio del caso
realizado por Amnistía Internacional indica que Alberto Patishtán no participó
de estos hechos y que existen graves deficiencias en la investigación y el
proceso judicial en su contra. Los verdaderos responsables por los asesinatos
permanecen en la impunidad”, informó. Dio a conocer que como en otros casos
documentados por la organización, el hecho de que Alberto Patishtán sea
indígena y cuente con pocos recursos económicos jugó un papel fundamental en
limitar su derecho a un proceso justo, en particular el derecho a la defensa
efectiva y al trato igualitario ante la ley por parte del ministerio público y
el poder judicial. “En 2002, el Juzgado Primero de Distrito en Chiapas
sentenció a Alberto Patishtán a 60 años de prisión por lesiones y homicidio
calificado, robo calificado, daños y portación de armas de fuego de uso
exclusivo del Ejército. Una apelación, un amparo y un primer incidente de
reconocimiento de inocencia fueron rechazados en 2002, 2003 y 2009
respectivamente. Sin embargo, Amnistía Internacional considera que las
irregularidades en la investigación y el proceso judicial nunca fueron evaluadas
debidamente para corregir la condena”, denunció. Sobre el segundo incidente de
reconocimiento de inocencia, presentado en 2013, indicó que se pretendió
demostrar que según la reforma constitucional en derechos humanos y la propia
jurisprudencia del poder judicial federal desarrollada desde 2000, la
evaluación de las pruebas de cargo y de defensa debió haber protegido derechos
fundamentales como la presunción de inocencia y el debido proceso para asegurar
un juicio justo. A pesar de ello, el Tribunal Colegiado de Tuxtla Gutiérrez
rechazó esta petición por considerar que los avances recientes en la
jurisprudencia del poder judicial no constituyen “prueba novedosa”, al tiempo
que reconoce que su decisión “no contiene un pronunciamiento sobre la
responsabilidad penal del sentenciado”. Ante esta circunstancia consideró que
el Tribunal desaprovechó la posibilidad de revisar esta sentencia a la luz de
los nuevos estándares de protección de los derechos humanos. Amnistía consideró
que existen serias fallas acerca la conducción del proceso y del juicio en su
contra, en particular en los siguiente puntos: · Nunca se investigó la
influencia indebida por parte del presidente municipal de El Bosque, municipio
vecino de Simojovel y donde vivía Alberto Patishtán, en la investigación
preliminar realizada por el ministerio público. Antes de la declaración de su
hijo, quien fue uno de dos sobrevivientes del ataque y el único testigo que
señaló a Alberto Patishtán, el presidente municipal le manifestó al ministerio
público que Patishtán era uno de los autores del delito. Asimismo, comunicó el
supuesto móvil del crimen. Estos elementos sirvieron para emitir una orden de
localización contra Patishtán. El presidente municipal también proveyó una
fotografía de Patishtán que el ministerio público utilizó para proceder contra
éste y animar a testigos no presenciales a señalarlo como responsable. · Nunca
hubo una investigación imparcial del contexto social que podría haber motivado
un señalamiento fabricado contra Alberto Patishtán por parte del presidente
municipal y su hijo. Un mes antes de los asesinatos, Alberto Patishtán y otras
personas de su comunidad habían pedido públicamente la remoción del presidente
municipal. Este antecedente nunca fue objeto de investigación por parte del
ministerio público ni fue considerado con seriedad dentro del proceso por parte
de los jueces de primera, segunda y tercera instancia. · Existen
contradicciones no resueltas entre las diferentes declaraciones que realizó el
hijo de presidente municipal sobre estos hechos. · Existen contradicciones no
resueltas entre los testimonios del hijo del presidente municipal y el otro
sobreviviente del ataque. Entre otras cuestiones, la forma del ataque y el
número y vestimenta de los atacantes, incluyendo si llevaban pasamontañas o no.
· En una de sus declaraciones el hijo del presidente municipal inculpó a una
segunda persona que posteriormente fue absuelta al demostrar su inocencia, lo
cual pone nuevamente en duda la credibilidad de su testimonio. · Hubo falta de acceso
a una defensa efectivo por parte de Alberto Patishtán para asegurar que pudiera
defenderse eficazmente contra la imputación y cuestionar debidamente a los
testigos y otras pruebas, así como presentar pruebas eficientes de defensa. ·
La decisión de los jueces de desechar las pruebas de descargo presentadas por
varios testigos que señalaron la presencia de Alberto Patishtán en otro lugar
durante los hechos contrasta con la forma en que las contradicciones en las
declaraciones de los testigos de la acusación fueron ignoradas. · Hubo
violaciones del debido proceso por parte del ministerio público al recabar las
pruebas y presumir la culpabilidad de Alberto Patishtán y, posteriormente, por
parte del poder judicial, el cual no garantizó la presunción de inocencia al
ignorar las violaciones de debido proceso y su impacto sobre el valor de las
pruebas.
Este contenido ha sido publicado originalmente por SINEMBARGO.MX en la siguiente dirección: http://www.sinembargo.mx/01-10-2013/772744. Si está pensando en usarlo, debe considerar que está protegido por la Ley. Si lo cita, diga la fuente y haga un enlace hacia la nota original de donde usted ha tomado este contenido. SINEMBARGO.MX
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