Los padres en la SCJN |
MÉXICO, D.F. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que las muertes violentas de mujeres deben ser investigadas con perspectiva de género y sin discriminación.
En una decisión sin precedentes, la Primera Sala del máximo tribunal concedió un amparo a Irinea Buendía para que la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) rehaga la investigación sobre el asesinato de su hija, Mariana Lima Buendía, como un probable feminicidio.
Abogada de 29 años, Mariana Lima apareció muerta en su casa de Chimalhuacán, en 2010. Desde entonces, los familiares de la víctima responsabilizan a su esposo, Julio César Hernández Ballinas, un agente policial de la propia PGJEM.
El Ministerio Público mexiquense investigó el caso como un supuesto suicidio, pues el esposo declaró que la encontró muerta en su cama.
De acuerdo con la madre, Mariana Lima apareció muerta después de que decidiera denunciar penalmente a su esposo por violencia.
A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Sala decidió por unanimidad no sólo conceder el amparo a Irinea Buendía, de 62 años, sino que pidió que se establezcan responsabilidades a los funcionarios públicos encargados de haber desviado la investigación.
Sin dejar lugar a dudas, los ministros establecieron que en la investigación hubo “irregularidades, falencias, omisiones y obstrucciones a la justicia”, lo que ha evitado que se sepa la verdad.
Los ministros determinaron que el Ministerio Público mexiquense debe “completar” la investigación “de manera oportuna, inmediata, seria e imparcial”, desde la perspectiva de género, y remueva todos los obstáculos de la anterior averiguación previa.
De acuerdo con el criterio establecido por la Corte, las autoridades administrativas deben investigar toda muerte violenta de una mujer con perspectiva de género, siguiendo los estándares internacionales, nacionales y locales, para determinar si se trata o no de un feminicidio.
Precisó que se deben preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y si la víctima vivía bajo un contexto de violencia. Asimismo, estableció que se debe investigar de oficio las posibles connotaciones discriminatorias por razón de género.
La inacción y la indiferencia estatal ante las denuncias de género reproducen la violencia que se pretende atacar e implica una discriminación en el derecho a la justicia, señalaron.
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