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México, DF. El inicio de la discusión de la
reforma energética se pospuso para mañana, según confirmó el presidente
de la comisión de Energía del Senado, el priista David Penchyna.
Ello debido a que el PRD exigió que se ajusten al
reglamento del Congreso, en el que se especifica que las reuniones de
comisiones deben citarse con 24 horas de anticipación.
El perredista Alejandro Encinas, secretario de la
comisión de Puntos Constitucionales, recalcó que el debate debe
ajustarse a los tiempos y ser amplio y generalizado, dada la magnitud de
la reforma constitucional que se pretende.
Expuso que ante ello considera que la reforma
energética deberá discutirse en comisiones jueves y viernes, a fin de
que el domingo se le dé primera lectura y lunes se vote ante el pleno.
Paralelamente, los perredistas dieron a conocer que
enviaron cartas a las compañías trasnacionales que se sabe están
interesadas en invertir en la explotación del petróleo, así como a
congresistas estadounidenses, en las que advierten que habrá una
consulta nacional en torno a la privatización del petróleo, que puede
revocar la reforma que PRI y PAN impongan.
El senador Luis Sánchez recalcó que tanto las
trasnacionales como los senadores estadounidenses deben tener muy en
claro que no hay certidumbre jurídica en las inversiones que
eventualmente pudieran hacer en México en materia petrolera.
En una de las cartas, dirigida al presidente del
Comité de Comercio, Ciencia y Transporte del Senado de Estados Unidos,
Jay D. Rockefeller IV, los perredistas le hacen notar que la reforma
energética que pudiera obtener el presidente Peña Nieto del Congreso “no
sería definitiva en tanto hay una parte de los mexicanos, en uso del
derecho que nos otorga la Constitución, estamos satisfaciendo los
requisitos legales para llevar el tema a consulta popular”.
Le advierten también que en ese sentido no operan los
términos establecidos en el Tratado de Libre Comercio de América del
Norte (TLCAN) en su capítulo once, donde se señalan los términos para
proteger las inversiones de ambas partes así como las indemnizaciones
correspondientes en casos extraordinarios.
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