El dictamen de la reforma a telecomunicaciones, aprobado por la Cámara de Diputados, detalla que las concesiones para uso público y social se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa.
(Foto: radialistaindigena)
El dictamen aprobado por la cámara de diputados determina, en el artículo 28, que las concesiones del espectro radioeléctrico serán otorgadas mediante licitación pública, a fin de asegurar la máxima concurrencia.
Lo anterior, según lo aprobado, para prevenir fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final.
Aclara que en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico.
Detalla que las concesiones para uso público y social se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento.
Dicho artículo también contempla que el Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará a cabo un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión.
En la revocación de las concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio, apunta.
En el mismo artículo 28, se señala que “corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones”.
Añade que las “concesiones podrán ser para uso comercial, público, social y privadoy se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2º, 3º , 6º y 7º”.
Así mismo “el instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria”.
Lo anterior, según lo aprobado, para prevenir fenómenos de concentración que contraríen el interés público y asegurando el menor precio de los servicios al usuario final.
Aclara que en ningún caso el factor determinante para definir al ganador de la licitación será meramente económico.
Detalla que las concesiones para uso público y social se otorgarán bajo el mecanismo de asignación directa conforme a lo previsto por la ley y en condiciones que garanticen la transparencia del procedimiento.
Dicho artículo también contempla que el Instituto Federal de Telecomunicaciones llevará a cabo un registro público de concesiones. La ley establecerá un esquema efectivo de sanciones que señale como causal de revocación del título de concesión.
En la revocación de las concesiones, el Instituto dará aviso previo al Ejecutivo Federal a fin de que éste ejerza, en su caso, las atribuciones necesarias que garanticen la continuidad en la prestación del servicio, apunta.
En el mismo artículo 28, se señala que “corresponde al Instituto, el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en materia de radiodifusión y telecomunicaciones”.
Añade que las “concesiones podrán ser para uso comercial, público, social y privadoy se sujetarán, de acuerdo con sus fines, a los principios establecidos en los artículos 2º, 3º , 6º y 7º”.
Así mismo “el instituto fijará el monto de las contraprestaciones por el otorgamiento de las concesiones, así como por la autorización de servicios vinculados a éstas, previa opinión de la autoridad hacendaria”.
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