Los consejeros concluyeron que con la difusión de los spots en bloque, con una cortinilla, juntando los tres minutos de una hora con los correspondientes a la siguiente y de manera concertada con TV Azteca, el pasado 31 de enero y 1 de febrero.
Ciudad De México.- Por cinco votos a favor y tres en contra, el Consejo General del IFE exoneró, por segunda ocasión, a Televisa de una multa de cuatro millones 180 pesos, al considerar que la televisora no manipuló ni alteró la transmisión de los spots de los partidos políticos en el arranque de las precampañas.
Al dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, esta vez los consejeros entraron al fondo del asunto y Marco Antonio Gómez Alcántar, Arturo Sánchez, Marco Antonio Baños y Francisco Guerrero acompañaron la propuesta de Macarita Elizondo, quien propuso declarar infundado el proyecto presentado por el secretario Ejecutivo, Edmundo Jacobo Molina.
Los consejeros concluyeron que con la difusión de los spots en bloque, con una cortinilla, juntando los tres minutos de una hora con los correspondientes a la siguiente y de manera concertada con TV Azteca, el pasado 31 de enero y 1 de febrero, no se evidenció que el propósito de Televisa fuera alterar o distorsionar su sentido original o denigrar a las instituciones ni tampoco incumplió con las pautas, como se establece en el inciso c) y d) del artículo 350 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
“Únicamente se advierte que (la cortinilla) tiene un carácter informativo para los espectadores”, subrayó en la sesión extraordinaria de ayer (viernes).
Durante de tres horas de debate en el que el único que guardó silencio fue Marco Antonio Baños -quien el pasado 13 de febrero propuso sobreseer el caso- el consejero Marco Antonio Gómez Alcántar, pidió ser coherentes pues mientras Televisa cumplió con el ciento por ciento de las pautas, en el caso de Radio UNAM y la Universidad de San Luis Potosí se le exoneró el pasado martes aún y cuando hubo incumplimientos de 95 por ciento.
“Todo incumplimiento deber ser objeto de sanción, con criterios generales que se apliquen por igual, sin hacer excepciones por cuestiones mediáticas, sentimentales o de cualquier otra naturaleza”, puntualizó.
Susana Hernández / Milenio
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