Debe cubrir desde viáticos de dirigentes hasta la realización de convenciones
Romero Deschamps y su hija disfrutando un viaje en avión privado |
El gremio se niega a rendir cuentas y e incumple las resoluciones que señala el Inai
Alonso Urrutia
Periódico La Jornada
Lunes 3 de julio de 2017,
Lunes 3 de julio de 2017,
Muestra de los privilegios que goza el sindicato petrolero en su relación con Petróleos Mexicanos (Pemex) es que este año ha recibido 44.4 millones de pesos –7.4 al mes– por concepto de manutención de los gastos que realiza la organización gremial que, por contrato colectivo de trabajo, debe sufragar la empresa. No sólo eso, sino que la clausula 251 estipula:
El patrón pagará los salarios y prestaciones, viáticos, ayuda para transporte y gastos conexos foráneos a 73 funcionarios del Comité Ejecutivo General.
asesores sindicales, el Consejo General de Vigilancia, 90 integrantes de las comisiones nacionales mixtas señaladas en este contrato, 158 comisionados nacionales y 12 comisionados adscritos directamente a las órdenes del secretario general.
También pagará salarios y prestaciones, viáticos, ayuda para transporte y gastos conexos locales a los comisionados referidos en las tablas de la cláusula 65 y del artículo 5 del anexo 3, así como a los funcionarios sindicales seccionales”, que implica el salario de alrededor de un millar de líderes.
Sin embargo, aun cuando estas percepciones son sufragadas con recursos públicos, en su irregular forma de cumplir con obligaciones de transparencia que desde la reforma ya incluye a los sindicatos (a través del portal de la empresa, argumentando carencia de recursos), no se difunden las percepciones de los líderes sindicales a los cuales
el patrón pagará los salarios.
De hecho, el sindicato petrolero es el sujeto obligado más reacio a cumplir con la legislación y ha enfrentado jurídicamente al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en los tribunales.
El Inai ha ganado ya dos recursos al sindicato petrolero para que éste acate las disposiciones constitucionales y legales para contar con un portal propio, una unidad de transparencia y otros requisitos, los cuales sencillamente la organización sindical se ha rehusado a cumplir e incluso apeló la resoluciones del juez en favor del organismo.
Los desafíos que ha hecho al Inai no sólo han sido eximirse del cumplimiento de la ley en cuanto al portal de obligaciones de transparencia, sino además hacer caso omiso de los siete recursos interpuestos por ni siquiera responder a las solicitudes de acceso a la información.
De hecho, el Inai dio inicio a un procedimiento en contra del sindicato petrolero por la reticencia al cumplimiento de esta fase de sus obligaciones legales, pues sencillamente ha hecho caso omiso en todos los casos en que debe dar alguna respuesta o atender requerimientos.
Cuando haya convenciones, todos los gastos correrán por cuenta de Pemex, según la lista que remita el sindicato. Cuando se encuentren comisionados en alguna tarea sindical, “terminado su encargo y regresen a su labor, disfrutarán de vacaciones y de una compensación extra de 45 días de salario ordinario por cada ciclo de vacaciones vencido.
En la referida cláusula 251 se estipula que
De hecho, el Inai dio inicio a un procedimiento en contra del sindicato petrolero por la reticencia al cumplimiento de esta fase de sus obligaciones legales, pues sencillamente ha hecho caso omiso en todos los casos en que debe dar alguna respuesta o atender requerimientos.
Privilegios
De la poca información que el sindicato colocó en un apartado del portal de Pemex se encuentra el contrato colectivo de trabajo 2015-2017, en el cual se obliga a sufragar los gastos administrativos de la operación sindical, que incluyen mensualmente, por ejemplo: 1.3 millones de pesos de la nómina de trabajadores administrativos del gremio y 608 mil pesos de los impuestos que esto implica; 890 mil pesos de
gestoría administrartiva; 103 mil pesos de
rembolso de caja chica, entre otros pagos que contemplan además luz, teléfono, limpieza, etcétera.
Si lo solicitan, por conducto de la representación sindical, al vencimiento de los ciclos anuales de vacaciones, recibirán el importe íntegro de las mismas.
En la referida cláusula 251 se estipula que
el patrón podrá otorgar préstamos sin intereses a los funcionarios y comisionados hasta por la cantidad equivalente a 12 meses de las cuotas de ayuda para transporte y gastos conexos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario