15 DE MAYO DE 2014
DESTACADO
Juan Carlos Romero Hicks, senador. Foto: Germán Canseco |
MÉXICO, D.F. (apro).- Un polémico “madruguete legislativo” a la reforma político-electoral se generó cuando el PRD denunció que hubo una modificación a la fracción 31 del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con el fin de darle a la Comisión de Administración del TEPJF la facultad de “determinar, en su caso, el haber de retiro de los magistrados de la Sala Superior”, los funcionarios mejor pagados del servicio público.
El vicecoordinador del PRD, Luis Sánchez, denunció en rueda de prensa que habían acordado retirar esa adición, pero el tema se dejó incluido en la votación del paquete de reformas político-electorales.
“Imagínense que nosotros en el Senado determináramos tener una pensión vitalicia o que el Ejecutivo federal determine que el gabinete tendrá una pensión vitalicia”, fustigó el senador mexiquense.
“Es lamentable que el trabajo que desarrollamos por muchos días, con mucho esfuerzo, sea manchado por este tipo de acciones. No es un tema de la reforma electoral”, abundó Luis Sánchez.
Al ser consultado sobre esta denuncia, el senador panista Juan Carlos Romero Hicks afirmó que investigaban en qué momento y quién incorporó al dictamen el tema de las pensiones vitalicias a los magistrados electorales.
“No fue una propuesta de ninguno de los tres partidos políticos, ni tampoco fue un tema del diálogo que tuvimos”, indicó Romero Hicks.
Luego de la polémica abierta, el senador priista Miguel Angel Chico Herrera, presidente de la Comisión de Reforma del Estado y uno de los dictaminadores, emitió un comunicado señalando que es “impreciso” que haya “un haber de retiro”, y además negó que se tratara de otorgarle una “pensión vitalicia” a los integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En su argumentación, Chico Herrera no negó ni afirmó que hubiera un “madruguete legislativo” en el dictamen de la reforma político-electoral.
El priista precisó que el agregado 31 del artículo 209 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación propone como atribución del Consejo de Administración del Tribunal Electoral “determinar, en su caso, el haber de retiro de los magistrados de la Sala Superior”.
“Del texto anterior se desprende que corresponde a dicha Comisión de Administración determinar si otorga un haber de retiro o no lo concede, y en ningún momento se refiere a que el mismo sea vitalicio”, argumentó el senador del PRI.
Chico Herrera aclaró que el texto de adición estuvo “desde días antes” de la dictaminación en los distintos correos electrónicos “distribuidos por el suscrito, en mi calidad de presidente de la Comisión de reforma del Estado” e, incluso, “sufrió modificaciones ese artículo en las mesas de trabajo previas a la dictaminación”.
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