JORGE CARRASCO ARAIZAGA
MÉXICO, D.F., 6 de octubre (apro).- El juicio por daño moral promovido por Marta Sahagún contra Proceso y la periodista Olga Wornat llegará este miércoles a su fin después de cuatro años y medio con una resolución que fijará criterios sobre el ejercicio del periodismo en México, en relación con los funcionarios y personajes públicos.
De acuerdo con el sentido del proyecto de resolución que se conoció este día en la Corte, Proceso podría quedar exculpado de la supuesta violación de la vida íntima de Sahagún.
Sin embargo, concedería el amparo a la esposa de Vicente Fox para que la justicia del Distrito Federal fundamente y motive la reducción de la multa impuesta a la periodista de origen argentino.
La demanda de Sahagún contra Proceso y Wornat, a las que acusó de daño moral por haber violado su intimidad, llegará a su última instancia el miércoles en la sesión de la Primera Sala de la Corte.
El caso llegó a la Corte porque Sahagún interpuso un amparo contra el fallo de la justicia del Distrito Federal que, en enero de 2007, absolvió a la revista en el juicio emprendido desde Los Pinos en mayo de 2005, en respuesta a un reportaje sobre la nulidad del matrimonio religioso de la ahora esposa del expresidente Vicente Fox.
Los cinco ministros integrantes de la Sala emitirán su fallo a partir del proyecto de resolución elaborado por el presidente de esa instancia, Sergio Valls Hernández, quien, en abril pasado, fue el único que se opuso a la atracción del amparo, pero que en su propuesta considera que Proceso ejerció sus derecho constitucional a la libertad de expresión y de imprenta.
El caso les dará a los ministros la oportunidad de pronunciarse sobre la libertad de expresión, el derecho a la información, el derecho al honor y el derecho a la privacidad, sin que se establezca censura previa o restricciones indirectas.
El ministro José Ramón Cossío, quien en abril pasado promovió que la Corte atrajera el amparo de Sahagún, argumentó en ese momento que con este caso el máximo tribunal tiene la oportunidad de fijar criterios sobre la supuesta vulneración del honor en el ejercicio periodístico.
Según el ministro, no se trata de un caso clásico de litigio constitucional en materia de libertad de expresión y derecho a la información, sino que plantea uno de los conflictos menos explorados en México y, en general, en el sistema interamericano: la oposición entre expresión e información y el derecho a la intimidad.
En junio pasado, la misma Primera Sala sentó un precedente al concederle un amparo a José Sacramento Jesús Orozco Herrera, exdirector del periódico La Antorcha, de Acámbaro, Guanajuato.
Orozco había sido condenado a tres años, un mes y 15 días de prisión por "ataques a la vida privada" de un expresidente municipal, de quien había publicado las irregulares en su gestión.
En ese amparo, la Corte privilegió la libertad de expresión "debido a la importancia que hay que dar a la posibilidad de que los medios de comunicación y la opinión pública en general, desplieguen un escrutinio exhaustivo de las actividades de los gobernantes".
Bajo ese criterio, la Corte fijó límites sobre la vida privada y el honor de las personas que cumplen, han ejercido o aspiran a un cargo público, por lo que la actividad periodística no debe ser objeto de persecuciones penales.
La Corte estableció en ese momento que este tipo de demandas tiene un "efecto silenciador de la crítica".
Además de Valls y Cossío, los ministros Olga Sánchez Cordero, Juan Silva Meza y José de Jesús Gudiño Pelayo revisarán el fallo del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) que absolvió a Comunicación e Información (CISA, editora de Proceso), pero condenó a Wornat a pagar 500 mil pesos como indemnización por daño moral.
El TSJDF determinó que como autora del texto "Historia de una anulación sospechosa" publicado en Proceso (1578) en febrero de 2005, Wornat violó el derecho al honor de Sahagún, pero no su derecho a la intimidad.
En el caso de la revista, dijo que no puede ser responsabilizada por ejercer los derechos previstos en los artículos 6 y 7 de la Constitución y protegidos también en compromisos internacionales asumidos por México.
Inconforme con el fallo, Sahagún tramitó el amparo al insistir en que sus demandadas sí violaron su derecho a la intimidad y rebasaron los límites de la libertad de expresión.
Sahagún también se quejó de que la reducción de la indemnización se hizo "sin fundamento y motivación", además de insistir en que la publicación de un extracto de la sentencia debe ser en la revista y no en el periódico El Sol de México, como determinó el TSJDF.
El juez de primera instancia, había determinado que las codemandadas eran responsables de daño moral y las condenó a pagar a la quejosa una indemnización de un millón 958 mil pesos.
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