Fabiola Martínez
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Federal Electoral (IFE) considerar en su resolución que la entrevista del candidato de Acción Nacional a la delegación Miguel Hidalgo, Demetrio Sodi de la Tijera, durante un partido de futbol transmitido por Televisa, fue propaganda política a favor del panista.
Con ello se abre un compás de espera respecto a la decisión final en torno a este caso en el que está involucrado Sodi, su partido y Televisa (Televimex), por la presunta contratación de tiempo en televisión, para influir en las preferencias electorales de los ciudadanos.
La apelación fue promovida por Convergencia y PRD, así como por la candidata de este partido a la jefatura delegacional de Miguel Hidalgo, Ana Gabriela Guevara, quien el 5 de julio, con base en los cómputos oficiales, quedó en segundo lugar de la contienda. Estos dos últimos alegaron falta de congruencia entre lo expuesto por los consejeros, durante la sesión respectiva, y la resolución final, a favor de Sodi.
Al cotejar la versión estenográfica de la sesión del IFE en referencia, los magistrados advirtieron la omisión del engrose propuesto por el consejero electoral Virgilio Andrade, respecto de considerar la entrevista en referencia como una violación a lo que marca la Constitución y el Código Electoral, respecto a la prohibición de comprar o aceptar en donación espacios en radio y televisión para la difusión de mensajes político electorales.
Como ocurrió el 22 de junio pasado, cuando el IFE declaró infundado el procedimiento especial sancionador contra el candidato a delegado, los magistrados también discutieron de las variables de este caso sin precedentes, es decir, acerca de las dificultades para comprobar un eventual contrato mercantil entre la televisora y el político, así como el impacto de este hecho en prejuicio de la equidad en la contienda.
Sin embargo, el magistrado Constancio Carrasco advirtió que es necesario analizar los elementos de prueba para saber si hubo “voluntades” para la compra de un espacio en televisión. Por ejemplo, la existencia de un blog en el que se dio puntual detalle del traslado de Sodi al estadio de futbol y la referencia, en ese espacio, a que daría una entrevista. “La espontaneidad (de la entrevista) se contrasta con las pruebas de autos, incluso se podría presumir un acto previo, ejemplificó.
“En el caso bajo análisis, del comparativo entre la versión estenográfica de la citada sesión extraordinaria del Consejo General y el texto de la resolución se advierte que existe incongruencia”, señala el resolutivo aprobado ayer por el tribunal.
Por la noche, Ana Gabriela Guevara expresó su confianza en que las autoridades electorales se conducirán con estricto apego a derecho y resolverán con imparcialidad y transparencia.
Lo anterior, una vez que el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) deberá contabilizar como gasto de campaña la aparición de Sodi de la Tijera en la transmisión del partido de futbol, hecho que es, a partir de la resolución del TEPJF, “definitivo y firme”.
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