El círculo de complicidades que protege al empresariado calderonista se cerró la semana pasada con la decisión, por parte del Consejo General del IFE, de no sancionarlo por la campaña negra que desplegó en la elección de 2006 contra Andrés Manuel López Obrador, candidato de la coalición Por el Bien de Todos. Como único referente de la ilegal actuación del Consejo Coordinador Empresarial quedó la determinación del Tribunal Electoral en el sentido de que, además de violar la ley, los spots del CCE beneficiaron al PAN y al PRI.
El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) decretó la impunidad del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) en la elección presidencial del 2006, a pesar de acreditarse la ilegalidad de las conductas de sus directivos.
El organismo que agrupa a las cúpulas patronales del país contó con una red de complicidades para burlar cualquier sanción por los cientos de spots de televisión y radio transmitidos en la parte final de la campaña del 2006: El gobierno de Felipe Calderón, Televisa, Televisión Azteca e inclusive funcionarios y consejeros del IFE.
Conforme a la información que los directamente involucrados ofrecieron oficialmente al IFE, que los interrogó por escrito y de cuyos documentos Proceso tiene copia, los spots transmitidos por el CCE simplemente no existieron.
Televisa ni siquiera respondió a los oficios que, desde mayo del 2007, le fueron enviados por el secretario ejecutivo del IFE, Manuel López Bernal -todavía con Luis Carlos Ugalde como presidente del Consejo General-, al vicepresidente jurídico de la empresa, Joaquín Balcárcel, para detallar la transmisión de los spots.
Televisión Azteca, a través de su apoderado legal, Félix Vidal Mena Tamayo, de plano aseguró que nada sabía de tales spots: "Tengo conocimiento por afirmaciones de las personas del área de ventas que en los archivos con los que se cuenta en TV Azteca de las transmisiones de junio de 2006 no aparece registro de que mi representada haya transmitido los anuncios referidos por la autoridad en el oficio que se contesta."
Y el gobierno de Felipe Calderón actuó, también, con completa opacidad en los spots difundidos por el organismo cúpula del sector privado durante junio del 2006 que, según un monitoreo y las tarifas vigentes en esa fecha, tuvieron un costo superior a los 130 millones de pesos.
La Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación, a cargo de Irma Pía González Luna Corvera -hermana de la exconsejera del IFE María Teresa González Luna- aceptó que se transmitieron spots, pero sólo dos veces, ambos el mismo día, 27 de junio, y sólo en el canal 9: Uno a las 20:09 horas y el otro a las 21:19.
En otro oficio, enviado en agosto -un mes después del primero-, el IFE fue más explícito y le solicitó la información aludiendo inclusive al nombre de las cadenas radiofónicas y televisivas, "y cualquier otro de los medios, con impacto a nivel local y/o nacional", donde pudieran haberse transmitido los spots del CCE, pero la respuesta fue la misma, incluyendo los dos casetes de formato VHS que le adjuntó.
Todavía en julio de este año, la misma RTC, ahora a cargo de Norberto Tapia Latisnere -y ya con González Luna Corvera como subsecretaria de Normatividad de Medios-, la respuesta fue también negativa: "... debido a la antigüedad de las fechas de los materiales de su interés, ya no se encuentran disponibles en nuestros archivos electrónicos materiales de los períodos requeridos".
Y a pesar de haber contratado su propio sistema de monitoreo, ni en el propio IFE hubo vestigios de los spots del CCE, "en virtud de que la información relativa a los promocionales de las empresas o personas ajenas a los partidos o coaliciones políticas no fueron sujetos al monitoreo", según el director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, Fernando Agiss.
Esta lógica del ocultamiento la impuso el propio CCE desde que, en agosto del año pasado, su representante legal, Luis Miguel Pando Leyva, se escabulló de las preguntas que le formuló la autoridad electoral como parte de la investigación de una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el Partido Acción Nacional (PAN) y la Alianza por México, integrada por el Revolucionario Institucional (PRI) y el Verde Ecologista de México (PVEM).
El PRD presentó la queja después de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció en el dictamen sobre la validez de la elección que los spots del CCE no sólo violaron la ley, sino que beneficiaron al PAN y al PRI, en perjuicio del candidato presidencial Andrés Manuel López Obrador.
"Los spots a que se refiere en el presente cuestionamiento no son ni han sido promocionales", declaró textualmente Pando Leyva en un oficio recibido por el secretario ejecutivo del IFE y, a la pregunta de cuál fue "el motivo finalidad de la emisión de dichos promocionales", el directivo adujo que "la única finalidad fue difundir algunos temas que el CCE considera primordiales para el crecimiento y desarrollo de nuestro país".
López Bernal le preguntó sobre el nombre de la persona o las personas que ordenaron y/o contrataron la difusión de los promocionales del organismo presidido entonces por José Luis Barraza, y Pando Leyva respondió: "No se tiene noticia de contratación de 'promocional' alguno".
Pregunta: Si los promocionales en cita forman parte de alguna estrategia de difusión o promoción de actividades relacionadas con la materia electoral, particularmente con la difusión del voto.
Respuesta: No, y no son promocionales.
Pregunta: De ser afirmativa la respuesta precedente, los términos en que se difundió o difunde la estrategia mencionada, precisando el tiempo que abarcó o ha abarcado la misma, los medios en los que se difundió o difunde, el costo que ha implicado, así como la forma y nombres de las personas que han intervenido en el subsidio de dicho costo.
Respuesta: La respuesta anterior es negativa.
Pregunta: Si la asociación civil que usted representa o alguno de sus miembros pertenecientes a los órganos de dirección de la misma pertenecen a algún partido político, agrupación política u organización adherente a cualquiera de ellos.
Respuesta: No.
Agravio de Calderón al IFE
Estas conductas evasivas de los involucrados en la difusión de los spots, que el TEPJF estableció que violaron la ley y perjudicaron a López Obrador, fueron subrayadas por los consejeros Alfredo Figueroa y Virgilio Andrade, la madrugada del martes 30 de septiembre, en un caso que fue opacado por las millonarias multas a los tres principales partidos políticos.
Figueroa fue el único de los nueve consejeros que votó en contra del proyecto de resolución de la queja por sus "deficiencias procesales", entre ellas las de no haber profundizado, por ejemplo, el interrogatorio al CCE, cuyo expresidente, José Luis Barraza, encabeza el consejo de administración de Aeromexico, empresa privatizada por Calderón.
"El partido demandante pidió que se le repreguntara al Consejo Coordinador (Empresarial), pero el área jurídica de esta institución decidió no preguntar para no molestar", dijo Figueroa, quien reprochó la conducta de las televisoras y de la Secretaría de Gobernación.
"La dirección de RTC nos dijo que esos spots aparecieron dos veces en la televisión mexicana; se le preguntó a Televisa sobre la difusión de esos spots y la respuesta nunca llegó; se le preguntó a TV Azteca sobre la difusión de esos spots y la respuesta no tiene tampoco desperdicio."
Andrade, quien sí votó a favor de declarar infundada la queja, afirmó que el CCE sí violó la ley al difundir los spots
-"decir lo contrario es el equivalente a caer en un asunto de simulación"-, y también condenó la actitud del gobierno de Calderón en el esclarecimiento del caso, particularmente la Secretaría de Gobernación.
"No podemos pasar por alto la respuesta de la Secretaría de Gobernación, porque no sólo agravia en términos de percepción de todos los mexicanos, está agraviando al sentido común, desde luego, y agravia al Instituto Federal Electoral," expuso Andrade.
Y añadió: "Esto es lo que no puede pasar en un sistema como el nuestro. El gobierno federal ignoró siquiera las intervenciones del Instituto Federal Electoral en el caso y es importante señalarlo para que también quede constancia del agravio."
Por su parte, Figueroa reprochó que la Comisión de Quejas y Denuncias del IFE haya determinado declarar infundada la queja simplemente porque los representantes del PAN y del PRI se deslindaron de los spots del CCE -algo que el presidente de ese órgano, Marco Antonio Gómez, consideró suficiente-, pese a que el TEPJF estableció que sí se beneficiaron y así se establece en el propio proyecto de resolución.
En efecto, ese proyecto, si bien proponía al Consejo General declarar infundada la queja -como ocurrió-, sustentó que los directivos del organismo empresarial sí violaron la ley, en perjuicio de López Obrador:
"No pasa inadvertido para éste órgano colegiado, aun cuando no forma parte de la litis, el hecho de que el Consejo Coordinador Empresarial, A.C. difundió en radio y televisión propaganda con la finalidad de disminuir las preferencias político-electorales de una fuerza política, por lo que es posible afirmar que dicho ente privado conculcó lo dispuesto en el artículo 48, párrafos 1 y 13 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales".
Tales disposiciones del Cofipe establecían, antes de la reforma, el derecho exclusivo de los partidos políticos a contratar tiempos en radio y televisión para difundir mensajes orientados a la obtención del voto durante las campañas electorales y, en ningún caso, se permitirá la contratación de propaganda en radio y televisión en favor o en contra de algún partido político o candidato por parte de terceros.
Y textualmente, indica: "Así las cosas, este órgano resolutor estima que la conducta desplegada por el Consejo Coordinador Empresarial, A.C. constituye un posicionamiento político, a través del cual se perjudicó a la otrora Coalición Por el Bien de Todos, lo que dio lugar a la transgresión de las condiciones de equidad que deben prevalecer en toda contienda electoral, toda vez que sólo a los partidos políticos se les permite la contratación de propaganda político electoral y no a los terceros ajenos al sistema de partidos políticos.
"En virtud de lo expuesto anteriormente, se concluye que el Consejo Coordinador Empresarial, A.C. efectuó hechos violatorios de la ley, por lo que se reitera que, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 6 del Código Civil Federal, relativas a que la voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla o modificarla, dicho ente jurídico tiene la obligación de ceñirse en todo tiempo a las disposiciones legales, con independencia de la existencia o no de procedimientos o sanciones específicas, ya que es condición suficiente la existencia de una norma, como la que fue transgredida en el presente asunto (de orden público y de observancia general), para que una persona moral se ciña a ella y procure su debido cumplimiento."
Los consejeros del CCE
Estas consideraciones en el documento irritaron a los consejeros Benito Nacif y Arturo Sánchez Gutiérrez, identificados con el PAN, y propusieron eliminarlas de la resolución para no sentar un "precedente peligroso", sobre todo en materia de libertad de expresión.
Nacif reconoció que el TEPJF se pronunció en ese sentido en su dictamen de la elección presidencial. "Sin embargo, debemos tomar en cuenta que este asunto no se puede considerar cosa juzgada, pues en realidad no hubo juicio alguno. El dictamen del Tribunal fue un acto administrativo estrictamente y la parte, una de las partes acusadas, en este caso la parte implicada, no tuvo oportunidad de presentar alegatos en su defensa, dado que no era propiamente un juicio."
Y advirtió del riesgo de declarar ilegales los spots del CCE: "Si lo hace está sentando un peligroso precedente que introduce, por vía administrativa, una restricción injustificada al derecho a la libertad de expresión y al derecho concomitante a la información sobre asuntos de interés público que tienen los ciudadanos. Esto ahora está afectando a un consejo de empresarios, pero de igual manera afectaría a sindicatos, asociaciones civiles que persiguen causas justas"
En el mismo sentido se pronunció Sánchez Gutiérrez, quien elogió la actitud del CCE, porque "no me queda claro que estuviera obligado a contestar", y se pronunció, con un tono persuasivo, por eliminar los señalamientos de que ese organismo violó la ley:
"¿Por qué creo que es factible y no afecta el desarrollo de la queja eliminar estos considerandos? Porque no es necesario. La queja finalmente afirma y no plantea como litis si el Consejo Coordinador Empresarial violó o no violó la ley. Esa no es la litis de la queja. La queja era si los partidos se habían beneficiado o no de los spots, y lo declara infundado."
El representante del PRD, Rafael Hernández, reprochó a ambos consejeros su actitud ante el dictamen del TEPJF -"por cierto, consejero Nacif, ese dictamen para algunas cosas sí vale y para otras no vale, ¿verdad?"- y sobre los spots: "Tal parece que aquí la consigna de varios consejeros, espero que no de la mayoría, es (que) al Consejo Coordinador Empresarial (no se puede tocar) ni con el pétalo de una rosa."
Al final, aunque Nacif y Sánchez Gutiérrez no desaparecieron de la resolución que el CCE violó la ley por la difusión de los spots contra López Obrador, sí sumaron sus votos al resto de los consejeros -salvo Figueroa- para evitar cualquier sanción por esa conducta, de la que se ufanó en el 2006 su presidente, José Luis Barraza.
Inclusive cuando, el 5 de septiembre, el TEPJF emitió su dictamen que acreditó la violación a la ley, Barraza ni se inmutó.
-¿Se arrepiente? -le preguntó el entrevistador Carlos Loret de Mola.
-¡Claro que no!
lunes, 6 de octubre de 2008
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