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viernes, 31 de julio de 2015

Los manifestantes son unos holgazanes .- Juan Pablo Proal

http://homozapping.com.mx/2015/07/los-manifestantes-son-unos-holgazanes/
manifestantes

La escena se repite con regularidad. Un noticiero exhibe a manifestantes ocupando una vía principal, acerca la cámara a conductores desesperados y entrevista a algunos de ellos: “Llevo una hora en el tráfico”, “estoy harto de estos holgazanes”. El locutor refuerza la postura editorial con una andanada de descalificaciones contra los inconformes.
Las marchas comienzan a ser equiparadas a una práctica rupestre, molesta, inútil. Partidos, gobernantes y medios de comunicación se ensañan con regularidad contra los manifestantes; los tildan de bárbaros, ilusos y perezosos. La campaña comienza a surtir efecto.
El lunes 27 de agosto, el Gabinete de Comunicación Estratégica presentó los resultados de un estudio que exhibe la mala reputación que se han ganado las manifestaciones entre la población. El 59.6 por ciento de los encuestados consideró que las marchas ayudan poco o nada a escuchar las demandas de los inconformes. El 61.8 por ciento está a favor de un cambio en la legislación para sancionar a quienes “invaden la vía pública”.
Hace tan sólo dos años, en mayo de 2013, la encuestadora Parametría publicó un estudio que concluía que el 70 por ciento de los mexicanos justificaba la existencia de marchas.
En los años recientes, gobiernos y congresos han presentado y aprobado iniciativas para desincentivar las manifestaciones. Uno de los casos más representativos fue la llamada “Ley Bala”, promovida por el gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle. La propuesta permitía a la policía usar armas de fuego y otras no letales en manifestaciones violentas, emergencias y desastres naturales.
Como consecuencia de la aprobación de dicha ley, José Luis Alberto Tehuatlie, un menor de 13 años de edad, fue muerto por una bala de goma durante la represión policíaca a una protesta de habitantes de Bernardino Chalchihuapan contra el cierre de la oficina del Registro Civil.
En Quintana Roo, San Luis Potosí y el Distrito Federal también fueron presentadas propuestas de ley orientadas a reprimir las manifestaciones públicas. La organización Amnistía Internacional publicó un posicionamiento contra ellas:
“(…) tales iniciativas emplean terminología ambigua para definir manifestaciones; limitan las manifestaciones legítimas a las que tienen un objetivo conforme con ‘las buenas costumbres’; el ‘aviso’ requerido en realidad constituye una autorización con criterios confusos y potencialmente arbitrarios; imponen lugares sin tomar en cuenta criterios de necesidad y proporcionalidad; y podrían resultar en el uso de la fuerza para disolver una manifestación pacífica que no haya recibido autorización o en casos en los cuales solo una minoría de manifestantes cometan actos de violencia (…) estas propuestas de ley tal y como están actualmente redactadas atentan contra el derecho de libertad de expresión y asociación establecido por las normas y mecanismos internacionales de derechos humanos”.
En diciembre pasado, en medio de la efervescencia de las protestas contra la desaparición de 43 normalistas de Ayotiznapa y la indignación social por la “Casa Blanca”, diputados del PRI, PAN, PVEM y Panal aprobaron cambios constitucionales que permitirían a la autoridad frenar las protestas.
Las iniciativas contra las manifestaciones argumentan que las protestas violan el derecho al libre tránsito; los opositores a éstas refutan que los ciudadanos tienen el derecho de la libre asociación y reunión. El jurista Javier Dondé Matute publicó un artículo que plantea que en realidad se trata de un falso debate: “Se debe legislar sobre la intervención de la autoridad en su deber de hacer respetar ambos. Así, por ejemplo, se deberá prever un paso hacia la Suprema Corte y accesos alternos para el ingreso. De igual manera, se deberán prever desvíos de automóviles en la vía pública, que permitan el tránsito ágil, aunque por rutas distintas”.
Parte del rechazo ciudadano a las marchas tiene su origen en que algunos movimientos las emplean como presión para obtener favores o ayudar a partidos políticos. No pocas agrupaciones utilizan en sus manifestaciones la violencia, agreden comercios y dañan la vía pública.
Otro sector de la sociedad ha optado por alejar sus protestas de la vía pública. La masificación de internet y las nuevas tecnologías ha permitido que el activismo se traslade a plataformas digitales. Comienzan a ganar popularidad las peticiones públicas, videos, audios, filtración de documentos, boicots o firmas digitales. La respuesta del sector gubernamental ha sido también reprender algunas de estas iniciativas y aprobar legislaciones coercitivas.
En un artículo publicado el 29 de noviembre de 2013 en el periódico inglés The Guardian, el investigador Geraud de Ville advertía al respecto: “Debido a la supervisión que ejercen sobre la infraestructura física, los gobiernos se ven tentados a controlar las redes digitales, bloquear el acceso a determinados usuarios o incluso encarcelar a disidentes, como en China e Irán”.
En un escenario utópico, no habría necesidad de manifestaciones, si el gobierno fuese eficiente, honesto y no consintiera la ilegalidad. Sin embargo, en México sobran razones de peso para que la ciudadanía se valga de este recurso extremo.
Las manifestaciones han protagonizado un papel protagónico en muchos capítulos de la historia. Las protestas públicas fueron definitivas para concretar la independencia de Estados Unidos, la lucha contra el racismo, el voto de la mujer, los derechos ganados por la población gay, la independencia de India y la primavera Árabe, por hacer un brevísimo repaso.
Es cierto, la regulación de las manifestaciones debe debatirse y someterse a un análisis exhaustivo, pero jamás tomando como criterio la merma de nuestros derechos y libertades. Toda campaña e iniciativa para desincentivar y reprender las marchas está cimentada en criterios autoritarios y represivos.
Sigue a Juan Pablo Proal: @juanpabloproal y www.juanpabloproal.com
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sábado, 17 de mayo de 2014

En Puebla, legalizan el asesinato de manifestantes

En Puebla, Legaliza gobierno el uso de armas de fuego para dispersar una manifestación

  • Escrito por   
  • Sábado, 17 Mayo 2014 19:12
  • En Puebla, Legaliza gobierno el uso de armas de fuego para dispersar una manifestación
La ley que regulará el uso de la fuerza pública en Puebla permitirá a los elementos de seguridad utilizar armas de fuego
para dispersar una manifestación, de acuerdo con la iniciativa que envió el gobierno del estado y que el Congreso local aprobará el lunes próximo.
En el proyecto se precisa, además, que las manifestaciones se clasificarán en “lícitas”, “ilícitas no violentas” y “violentas”, pero no detalla las características que debe reunir cada una para que los uniformados utilicen ese criterio a la hora de hacer frente a una protesta.
La posibilidad de usar armas de fuego se incorporó en el artículo 44 de la iniciativa, que se dictaminó el miércoles en comisiones en sentido afirmativo y cuyo nombre completo es “Ley para Proteger los Derechos Humanos y que Regula el Uso Legítimo de la Fuerza por parte de los Elementos de las Instituciones Policiales del estado”.
Aunque en las primeras líneas de dicho numeral se señala que “queda prohibido el uso de armas de fuego para la dispersión de manifestaciones”, se indica en la oración siguiente que “se contemplará su uso” para “repeler agresiones”, para “preservar la vida” o para “evitar afectaciones a la integridad física graves, de los elementos policiales o de terceros”.
Más adelante se incluye un párrafo que delega a los elementos policiales la responsabilidad de “adoptar las medidas necesarias para evitar que el accionamiento de las armas de fuego ponga en riesgo a personas distintas al agresor”.
El proyecto tiene un error en el mismo articulado, pues aclara que el uso de las armas de fuego se realizará “en los términos que establece la fracción IV del artículo 8” de la ley, pero el numeral referido no tiene ninguna fracción.
Se desconoce si el yerro se corrigió durante la dictaminación de la iniciativa en las Comisiones Unidas de Procuración de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, debido a que ese tipo de documentos nunca es transparentado por el Poder Legislativo y los diputados jamás puntualizan a los medios los cambios realizados a los proyectos.
El apartado de la ley en el que sí se hace referencia al uso de armas de fuego es la fracción IV pero del artículo 9, en el que se especifica que el uso de la “fuerza letal” es posible “únicamente en el caso de legítima defensa de la vida o para evitar afectaciones a la integridad física graves, en ambos casos de la propia o de terceros”.

Niveles de violencia

El uso de la fuerza pública en los casos de manifestaciones se detalla en el Capítulo VIII de la ley, en el que se clasifican las manifestaciones en “para efectos de control y dispersión” en lícitas, ilícitas no violentas y violentas.
En el caso de las manifestaciones “ilícitas no violentas”, la normativa señala que los elementos policiales evitarán el empleo de la fuerza durante “la dispersión”, pero “cuando ello no sea posible, se limitará el uso de la fuerza al mínimo necesario”.
Siempre que se trate de la dispersión de “manifestaciones violentas”, cuya realización implique “afectación a bienes jurídicamente tutelados”, los elementos policiales aplicarán “el nivel gradual del uso de la fuerza”.
El nivel gradual de la fuerza se explica en el artículo 9 y comprende en un primer escalón “la persuasión o disuasión verbal”, que consiste en el uso “de gesticulaciones, instrucciones, advertencias y órdenes verbales moduladas que permitan a la persona facilitar al elemento policial cumplir con sus funciones”.
En segundo lugar se encuentra el “sometimiento mediante acciones físicas” a efecto de que se limiten los movimientos de una persona con el fin de que el elemento policial cumpla con sus funciones; en tercer lugar las “armas incapacitantes no letales”, a fin de someter la resistencia violenta del agresor, y por último las “armas de fuego o de fuerza letal”.

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