En el proyecto de sentencia que el ministro Javier Laynez presentará al Pleno de la Corte en su próximo periodo ordinario de sesiones -que no ha sido entregado aún a los 11 ministros que integran el Pleno del Máximo Tribunal y del cual este medio obtuvo una copia- propone invalidar los 33 escañosde representación proporcional que la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México aprobó para la integración del Congreso local a partir de 2018. También contempla mantener los requisitos que la nueva constitución capitalina prevé para que se pueda convocar a una consulta popular y a un referéndum, particularmente la exigencia de que se requieren las firmas del 2 por ciento del padrón electoral para hacer valer estas dos herramientas de la democracia directa.
La propuesta del ministro Laynez propone resolver todas las impugnaciones contra la aprobación de la Constitución Política de la Ciudad de México; dos de las cuales son acciones de inconstitucionalidad promovidas por Morena y el Partido Nueva Alianza (Panal).
Además, los ministros de la Corte deberá resolver casi a la par de este asunto otras dos controversias constitucionales presentadas contra la Constitución de la Ciudad de México, una de ellas presentada por la Procuraduría General de la República (PGR) y una adicional promovida por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX).
En sus puntos resolutivos, el proyecto de sentencia del ministro Laynez Potisek propone declarar la invalidez del artículo 29, apartado A, numeral 2, de la nueva constitución capitalina, por considerar la asignación de 33 escaños de representación proporcional para conformar el Congreso de la Ciudad de México que sustituirá a la Asamblea de la Ciudad de México a partir del 2018.
El ministro Laynez también contempla dejar sin efecto las impugnaciones promovidas por el Panal para tratar de invalidar los artículos de la Constitución Política de la Ciudad de México, en los cuales se reconoce que no se debe dar marcha atrás en los derechos adquiridos por los capitalinos en materia de desarrollo y bienestar social, por lo que desechada su demanda.
La exigencia de que no se disminuyan derechos adquiridos por los capitalinos se denomina principio de progresividad, puesto que el principal argumento de los diputados Constituyentes del Panal era que no todos los derechos son inamovibles.
No hay comentarios:
Publicar un comentario