Abren la posibilidad legal de que se reponga un proceso por violaciones graves
Periódico La Jornada
Lunes 17 de diciembre de 2012, p. 8
Lunes 17 de diciembre de 2012, p. 8
El juez en materia civil Odilón Centeno Rendón rechazó la
Según consta en la sentencia interlocutoria del expediente 14/2012, de la que tiene copia La Jornada, Centeno, juez 31 de lo civil en el Distrito Federal, consideró que a Kahwagi “no le asiste la razón“ respecto de que la nueva demanda que Alfredo Karam Valdez interpuso en su contra hace seis meses deriva de hechos que ya han sido excepción de cosa juzgadaque presentó como prueba el político y boxeador Jorge Antonio Kahwagi Macari como parte de una nueva demanda en su contra, con la que un comerciante pretende demostrar que Kahwagi incurrió en tráfico de influencias, compró a notarios y a jueces para ganar un juicio derivado de una controversia civil de carácter patrimonial.
cosa juzgada, ya que
existen indicios jurídicos, indubitables, que nos ponen ante la posibilidad de la existencia de posibles violaciones procesales en el juicio civil de origen.
Karam ha sostenido públicamente que Kahwagi
compró a un notario para certificar documentos jurídicos apócrifos, con los que el político le pudo ganar antes en todas las instancias judiciales.
Ayer, en entrevista con este diario, Karam refirió que sus abogados preparan una denuncia penal contra Kahwagi, y contra el notario 43 del Distrito Federal, José Emmanuel Cardoso Pérez-Grovas, pues, según el comerciante, existen pruebas “de que el notario avaló documentos notariales apócrifos, a petición de Kahwagi, y esos documentos le sirvieron a mi contraparte para ganar a la mala en un juicio anterior.
Estamos preparando la denuncia penal y mis abogados y yo estamos seguros que este notario perderá su registro, su notaría y terminará en prisión, junto con Jorge Kahwagi, refirió.
La semana antepasada, los abogados de Kahwagi –que han sostenido el argumento de que las pretensiones de Karam carecen de sustento legal porque se basan en hechos que ya fueron juzgados por los tribunales mexicanos, en todas sus instancias posibles– pidieron al juez Centeno que desechara y mandara al archivo la reciente demanda civil de Karam.
Sin embargo, la respuesta del juez fue que Karam tiene la razón, hasta el momento, pues aunque el caso ya fue juzgado ante los tribunales, existen nuevos elementos o pruebas supervinientes que pueden dar paso a la
nulidad de juicio concluido, una figura jurídica prevista en el Código Civil para el Distrito Federal que se aplica en muy pocas ocasiones, ya que cancela todas las sentencias de asuntos concluidos cuando existen irregularidades procesales.
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